El Consejo de Estado negó una solicitud que pedía suspender la curul de Jorge Rodrigo Tovar Vélez, hijo de ‘Jorge 40’, como representante a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz. Esta petición es parte de una de las dos demandas que cursan en contra de la elección de Tovar como congresista.

Ambos recursos buscan declarar nula la elección del congresista, hijo del exparamilitar Rodrigo Tovar Pupo, conocido como ‘Jorge 40’. Según el Consejo de Estado, ambas demandas reúnen los requisitos para ser estudiadas.

La Fundación para la Defensa de la Información Legal y Oportuna – Dilo Colombia presentó una de esas acciones jurídicas.

Esa demanda busca demostrar la supuesta relación del congresista electo con los bienes que su padre habría adquirido como producto de las actividades ilegales de los grupos paramilitares.

Así, la Fundación expone que “fueron los causantes de las graves violaciones a derechos humanos que afectaron a las poblaciones de los 13 municipios la Guajira, Cesar y Magdalena que serían representados en el Congreso mediante la curul que obtuvo el demandado”.

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Es clave decir que los recién electos representantes a la Cámara de las Circunscripciones Especiales de Paz conforman la bancada que trabajará principalmente por la implementación del Acuerdo. Por eso, la organización que interpuso la demanda sostiene que la elección de Tovar “pone en duda la buena fe de la administración para cumplir el acuerdo para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”,

Aunque la acción jurídica pide la suspensión provisional de la elección de Tovar, la Sala respondió que la elección es válida. En primer lugar, porque la Asociación Paz es Vida avaló la candidatura. Además, el hijo de ‘Jorge 40’ aparece en el registro único de víctimas y, por tanto, es reconocido como parte de la población más afectada por el conflicto.

La segunda demanda busca que se anule la elección porque Tovar estaba inhabilitado para ser congresista. Esto, por haber sido funcionario del Ministerio del Interior hasta cuatro meses y medio antes del proceso electoral en el que alcanzó la curul.

De igual forma, lo señalan de no cumplir las condiciones para ser beneficiario de una curul de paz, pues “los familiares de los actores armados ilegales deben acreditar el haber sido víctimas de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, por parte de alguno de los grupos en contienda”.