Este decreto, que establecía recoger un aporte de $1.000 pesos que se cargarían a los recibos de la energía de los usuarios de los estratos 4, 5 y 6, hace parte de los 11 decretos de la declaratoria de emergencia económica, social y ambiental para La Guajira propuesta por el Presidente de la República.

La decisión fue adoptada por la Sala Plena de la Corte Constitucional, que determinó que la estrategia que se iba a aplicar por seis meses desconoce el debido proceso y resulta desproporcionada, por eso, el Gobierno está en la obligación de devolver el dinero que se haya recogido a la fecha, en un plazo máximo de seis meses.

Este decreto buscaba sanear algunas de las dificultades que enfrenta la población de La Guajira, principalmente, cuando se acerca el Fenómeno del Niño.

¿Qué decidió la Corte Constitucional?

Mediante un documento público, el organismo informó que: “encontró que el Decreto Legislativo 1276 del 31 de julio de 2023 contiene medidas con alcance tributario, de ampliación de la cobertura y acceso al servicio público de energía eléctrica, de sostenibilidad económica para la subsistencia de la población y rescate de la transición energética y otras de carácter presupuestal”.

Además, el organismo explicó que aunque la medida fuera temporal, se consideraba inconstitucional y comprometía el principio de legalidad de los tributos. Principalmente, teniendo en cuenta que el decreto incluía una sanción que, según la Corte, es desproporcionada y desconoce el debido proceso.

Por eso, la entidad encargada de devolver el dinero recaudado a la fecha, que tenía como fin el cumplimiento del decreto para tratar la crisis en La Guajira, es el Ministerio de Minas y Energía, en su rol de administrador del Fondo de apoyo financiero para la energización de las zonas no interconectadas (FAZNI).

Si bien, este proyecto ha recibido varios reparos de la Corte Constitucional desde que se declaró en julio de este año, en algunos casos se venía aplicando. Por ello, es posible que estos estratos reciban un retroactivo en los próximos meses.

Desde julio, EPM por ejemplo, era una de las empresas que ya aplicaba la tarifa adicional a sus usuarios. | Foto: Getty Images

Finalmente, la Corte concluyó en que “todas las medidas adoptadas en el marco del estado de emergencia declarado mediante el Decreto 1085 de 2023 son inconstitucionales”.

Estas son las reacciones de la decisión tomada por la Corte

Ahí el mandatario preguntó: “¿En dónde estará la justicia?, en un post que ya reúne más de 400 comentarios. En algunos de ellos le responden al mandatario: “La misma pregunta nos hacemos todos con los casos de su hermano, hijos y familia”.

Publicación del presidente Gustavo Petro en su cuenta de X. | Foto: X @petrogustavo

Por otro lado, un usuario le comentó al Presidente: “Menos mal tiene el dinero que ofreció regalas para el metro enterrado de Bogotá. Puede direccionarlo a La Guajira inmediatamente”.

En Twitter, un usuario @MillánRussy expresó: “La Corte Constitucional le acaba de tumbar a Petro (con efecto retroactivo) el decreto que cobraba a los estratos altos $1.000 adicionales en la factura de la energía para ayudar a La Guajira”.

‘No instrumentalizar la crisis’: el llamado de la Procuraduría

Desde que el decreto entró en función ha despertado muchas opiniones al respecto y ha tenido varios reparos. Uno de ellos provenía de la Procuradora General, quien aseguró en su momento que “la crisis del departamento de La Guajira se trata de una problemática que responde a factores estructurales y, por consiguiente, debe ser superada por las autoridades a partir de una buena gestión de los instrumentos institucional”.

Al respecto, además, Margarita Cabello afirmó que el presidente estaría “instrumentalizando” la crisis en el departamento de La Guajira para poseer facultades legislativas excepcionales, razón por la cual, según ella, había pedido a la Corte Constitucional declarar inexequible el decreto, en su momento.