La Corte Suprema de Justicia, en una sentencia de 226 páginas, modificó las penas emitidas por el Tribunal Superior de Bogotá en contra de más de 20 familiares y allegados de los hermanos Rodríguez Orejuela, jefes de la organización criminal denominada 'Cartel de Cali'.

La estructura criminal que fortaleció su poderío en 1972 por la participación económica en las empresas Drogas La Séptima Ltda., Drogas Unidas Ltda., Servicios Sociales Ltda., y estas que a su vez se agruparon y conformaron la cadena 'Drogas La Rebaja', con varias sucursales en diversas regiones del país, empezó a ver los frutos respecto a lo económico.

No obstante, en 1990, los hermanos Rodríguez Orejuela cedieron su participación accionaria en el conglomerado a sus hijos, hermanos, sobrinos y otros familiares. Estos, a su vez, incrementaron de manera significativa el capital social de las empresas, sin justificación aparente y sin que fuera evidente que tenían la suficiente capacidad económica para ello.

Al evidenciar tales situaciones, las entidades fueron incluidas en la denominada 'lista Clinton' y la persecución penal contra los Rodríguez Orejuela, sus familiares y amigos, empezó. Sin embargo, previo a ello se empezaron a realizar movimientos en el interior de las suministradoras de medicamentos.

"Todas las negociaciones y operaciones comerciales a las que se ha hecho referencia, estuvieron bajo el control de los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, conforme los acuerdos de admisión de culpabilidad suscritos con el gobierno de los Estados Unidos el 26 de septiembre de 2006, en el Tribunal del Distrito Sur de La Florida", reposa en la providencia.

Teniendo en cuenta la persecución de las autoridades, los hermanos Rodríguez Orejuela aceptaron que en los movimientos hechos en el interior de las entidades, se habían concertado con más personas para mover hacía territorio internacional 200 mil kilos de cocaína avaluados en más de 2.100 millones de pesos.

Por estos hechos, el 18 de marzo de 2019, los familiares y amigos de los jefes del 'Cartel de Cali' fueron condenados por el Tribunal Superior de Bogotá a penas entre 15 y 25 años de prisión. Sin embargo, en una acción legal, los vinculados impugnaron la determinación.

El fallo de la Corte Suprema, emitido el pasado 8 de julio, consideró que debía realizar modificación a las penas de los vinculados. 14 de ellos tuvieron rebaja, mientras que nueve fueron absueltos. "La modificación y consecuente rebaja de la pena contra estas personas se produjo porque, en la primera sentencia que emitió la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá, no motivó el aumento de penas".

Eso sumado a que el alto tribunal, en su providencia corrigió un tema de legalidad sobre la ley que rigió el caso, debido a que los hechos fueron cometidos hace casi 20 años.

En la decisión de la Corte se registró la absolución de nueve empleados de Drogas La Rebaja, esto se produjo porque, en la investigación, no se probó que hicieran parte del manejo o conocieran las operaciones de lavado de activos que se hacían en el conglomerado controlado por los Rodríguez Orejuela. El máximo tribunal en lo penal consideró que ellos solo eran empleados de las compañías.

La Corte también analizó la situación concreta de cada una de las 25 personas inicialmente involucradas en el proceso, para establecer si en ese actuar confluyó el ánimo y la decisión consciente de encubrir capitales ilícitos. En ese caso, el tribunal superior dijo que examinó "si se presentaron eventos en los que la coyuntura y situación laboral de los implicados, llevó de manera fortuita a hacerlos partícipes de esas maniobras ante la manipulación orquestada por los gestores de múltiples manejos financieros aparentes, implementados para continuar circulando dineros ilegales en el orden económico social”.

Tras el análisis, el tribunal encontró responsables de los hechos a 14 familiares y empleados porque se demostró que fueron jefes, administradores o encargados de las empresas del conglomerado de compañías relacionadas con Drogas La Rebaja y tuvieron conocimiento de que a través de él los hermanos Rodríguez Orejuela, encubrían las ganancias que obtenían del narcotráfico.

Esto quedó probado a pesar de que los Rodríguez Orejuela reconocieron haber encubierto ese capital, con la salvedad de que lo hicieron “sin el conocimiento de sus familiares y empleados”. Y pese a ello, en la providencia de la Corte, se establecieron los roles de los responsables y los inocentes.

"El manejo del entramado que permitió a los Rodríguez Orejuela continuar percibiendo ingresos de Drogas La Rebaja y sus empresas asociadas, entre ellas Laboratorios Kressfor, compañías por conducto de las cuales le daban apariencia de legalidad a las ganancias provenientes del narcotráfico, se soportaba en la parte financiera y en el giro de los dineros producto de compraventas aparentes que, en la práctica, por sus condiciones, hacían que el control de ese emporio comercial siguiera en sus manos", reseña la providencia.

Por lo que la Sala consideró que "la condena dictada en su contra se mantiene incólume, al igual que la imposición de la agravante del artículo 324 del Código Penal, por cuanto con su actuar como accionista, con las actividades que llevó a cabo para proteger los intereses pecuniarios de la compañía, contribuyó a encubrir el origen ilícito de los capitales involucrados en las negociaciones de las que hizo parte, en condición de jefe, de administradora, nótese, entre otros, que a ella era a quien se le entregaban los dineros objeto del aludido contrato de mandato".

Sin embargo, estimó una diferencia en el papel desarrollado por otros procesados, dado que en la investigación no se estableció que desarrollara funciones de manejo, contabilidad o asesoría, que le permitieran tener conocimiento de lo que ocurría con las sucesivas compraventas que involucraban a los establecimientos de comercio.

Así las cosas, lo que dejó claro el alto tribunal es que 14 personas vinculadas por Rodríguez Orejuela fueron condenados a 13 años, mientras que se absolvió a otras nueve personas.