No es menor la polémica que despertó el borrador para la regulación única de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, IVE, en Colombia, que presentó el pasado 24 de octubre el Ministerio de Salud.
Por esa razón, Juan Pablo Uribe, a cargo de la cartera, aseguró que se está tergiversando la información pese a que el documento se encuentra a disposición del público en general.
Uno de los puntos que más ha dado de qué hablar es el de la despenalización. Al respecto el Ministro de Salud aclaró que hace trece años la Corte Constitucional determinó las tres causales por las que un embarazo puede ser interrumpido de manera voluntaria obligando así al Ministerio a emitir la correspondiente regulación.
En Colombia es legal el procedimiento si el embarazo fue producto de un acto sexual o acceso carnal no consentido, si se diagnostican malformaciones incompatibles con la vida del feto, y si hay riesgo inminente para la vida y la salud física y mental de la mujer.
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Además, en el borrador de la resolución para el IVE hay detalles sobre otros aspectos como el diagnóstico oportuno, el derecho a decidir sin ser juzgadas y los límites de tiempo para este procedimiento médico.
En otros apartes se especifican las obligaciones que tendrían las IPS en Colombia, así como las restricciones o lo que serían prácticas indebidas.
Si una mujer desea acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo tiene derecho a una valoración integral y oportuna de su estado de salud y el posible riesgo podría llegar a representar un embarazo.
Esta debe incluir una valoración física y mental con la correspondiente certificación. También debe conocerse con precisión los procedimientos, tratamientos y medicamentos requeridos.
Si el embarazo es consecuencia de violencia sexual, puede acceder de manera urgente y gratuita a todas las demás atenciones en salud previstas para las víctimas de violencia sexual.
La resolución también expresa que las personas que se encuentren en cualquiera de las causales de la sentencia C-355 de 2006, gozan del derecho a decidir libres de presión, coacción, apremio, manipulación y, en general, cualquier suerte de intervenciones inadmisibles respecto de su decisión reproductiva.
La resolución contempla que los Prestadores de Servicios de Salud, las EAPB y las Entidades Territoriales deben responder de forma urgente las solicitudes de IVE y garantizar su práctica, de ser posible, en la primera atención.
Reacciones
Este miércoles en redes hubo miles de comentarios usando las etiquetas #Abortoes y #DelAbortoPienso para referirse al tema y las opiniones se mantienen divididas.
En algunas de las capitales del país se realizaron concentraciones pacíficas. En Cali hubo una manifestación frente al Hospital Universitario del Valle, HUV, en contra del aborto, al igual que en Bogotá.
Además, la Conferencia Episcopal de Colombia manifestó su rechazo al proyecto, a través de la Comisión Episcopal de Vida, en cabeza de su presidente. monseñor Juan Vicente Córdoba.
La Iglesia Católica manifestó que la cartera de Salud olvida que no cuenta con facultades para reglamentar una sentencia de la Corte sin que exista una ley que deba ser reglamentada.
"En esta ocasión el Ministerio de Salud justifica su actuar en el cumplimiento de la sentencia SU 096 de 2018 de la Corte Constitucional, que le reitera la orden de reglamentar el aborto. Sin embargo, olvida el Ministerio que en la misma sentencia se ordenó al congreso legislar el asunto y que dicho cuerpo se ha abstenido valientemente de hacerlo", manifestaron.
Según la Iglesia, "es imposible legal y lógicamente pretender que una resolución del Ministerio de Salud le dé el carácter de derecho fundamental a un delito penal. Aún si la Corte Constitucional así lo afirma de manera irregular".
Estos son algunos de los comentarios en Twitter:
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