El proyecto de ley que busca regular la eutanasia en Colombia fue aprobado este martes en el primer debate en la Comisión I del Senado. Ahora esta iniciativa, la cual busca formalizar la muerte digna en el país, se prepara para pasar a su segundo debate en la plenaria de esta corporación.
La iniciativa impulsada por Humberto de la Calle obtuvo 11 votos a favor y 4 en contra, y busca establecer el derecho a morir dignamente a través del deceso médicamente asistido.
“Es un proyecto que se basa primero en la dignidad de la vida. La persona tiene derecho en medio de su libre albedrío, de su voluntad plena y su consentimiento cuando se encuentre en una situación insoportable, de un dolor insufrible, de una situación que impide su proyecto de vida digna, tiene el derecho de adelantar su muerte, siguiendo los procedimientos que hemos aprobado el día de hoy”, detalló el senador, quien también fuese candidato a la Presidencia de la República, luego de que se aprobara su iniciativa.
De acuerdo con el mismo de la Calle, esta iniciativa se basa en dos elementos principales: la dignidad de la vida y la libertad. “El que naturalmente, por razones morales o religiosas, no comparta estas ideas, pues no acude a ese procedimiento que, simplemente queda allí, abierto para las personas que según su consentimiento y el libre albedrío tome una decisión al respecto”.
Entre los diez artículos que fueron discutidos durante este primer debate y que habían quedado pendientes por hablar, pues la discusión se inició desde la semana pasada, uno de los temas más sensibles y de mayor controversia era el de la edad mínima para acceder a la eutanasia.
Según el proyecto inicial, la edad mínima eran los 6 años, pero durante la discusión en la Comisión I del Senado se acordó que esta será desde los 14 años.
Estos son los puntos controversiales del proyecto de eutanasia en Colombia
En total son 62 artículos los que contiene el proyecto de ley que busca regular la eutanasia en Colombia. Los 52 anteriores fueron discutidos al inicio del primer debate el pasado 19 de septiembre.
Cuando se habla del procedimiento de eutanasia, muchos médicos pueden oponerse a realizar esta intervención, por qué pueden afirmar que va en contra de su ética profesional o “por considerarlo incompatible con sus convicciones personales”. No obstante, el galeno que no quiera hacerlo deberá redactar su escrito de objeción de conciencia, en las cuales manifieste su postura con el procedimiento.
Unos de los puntos más controvertidos de esta discusión se dan cuando se tratan de establecer los requisitos que debe tener un paciente para aplicar a la eutanasia y cómo usar el consentimiento sustituto, en casos en que la persona tenga una enfermedad o condición que no le permita moverse, hablar o este en un estado vegetativo.
Según lo que se ha aprobado hasta el momento, una persona puede acceder a este tipo de procedimiento cuando se padezca de una enfermedad terminal, incurable y que esté diagnosticada por un médico certificado. Además, que la constancia de la enfermedad debe estar en la historia clínica del paciente.
Para obtener respuesta se debe diligenciar un derecho de petición para la muerte asistida, si se encuentra hospitalizado, puede solicitar la eutanasia a la IPS. Por otra parte, si no se encuentra en un centro médico, la solicitud debe hacerla ante su EPS para que ella designe la IPS que deberá conformar el Comité para Morir Dignamente, estudiar y dar respuesta a su solicitud.