Basándose en que no es servidora pública, la Procuraduría General de la Nación pidió suspender los gastos de la primera dama, Verónica Alcocer. El concepto de ese ministerio público se dio luego de que el ciudadano Harold Eduardo Sua demandara y pidiera la nulidad del Decreto 0035 del 12 de enero de 2023, con el que designó a Alcocer, como embajadora en una misión especial para un viaje al Vaticano el 13 y 14 de enero de 2023 a una visita al papa Francisco.

De acuerdo con Sua, en dicha resolución se emitió una infracción de la norma.

El concepto de la Procuraría se dio luego de que el ciudadano Harold Eduardo Sua demandara y pidiera la nulidad del Decreto 0035 del 12 de enero de 2023. | Foto: Vatican media

Así las cosas, en diálogo con Blu Radio, el procurador judicial ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Juan Carlos Villamil, reveló que Alcocer recibía una suma de 640 dólares diarios (2′514.000 pesos a cambio de hoy) para los viáticos en los diferentes viajes que ha hecho y eso sin contar que recibió dineros para costear a sus ayudantes, quienes eran un maquillador, vestuarista y fotógrafo personal, según una investigación de La Silla Vacía.

Es de resaltar que Villamil pidió acoger la solicitud de nulidad del decreto en el que se designa a Alcocer como embajadora en misión especial para la audiencia pública con el papa Francisco los días 13 y 14 de enero de 2023.

Este fue el concepto emitido por la Procuraduría General sobre los gastos de la primera dama, Verónica Alcocer. | Foto: El País

Alcocer “no puede ser nombrada por el presidente, ya que hay una prohibición legal y constitucional. En la historia de Colombia no lo ha hecho ningún presidente y Alcocer ha representado al país en las exequias de la reina Isabel de Inglaterra o en la visita al papa. Para todo eso actuó como funcionaria del Gobierno”, le dijo el procurador al citado medio sobre la posición del organismo.

De hecho, uno de los párrafos del concepto emitido por la Procuraduría reza que la Primera Dama “no es servidora pública, ni se le asignó tal calidad, por lo tanto, no podría ser destinataria ni de comisiones, ni de viáticos regulados para los servidores públicos, a quienes se dirige la normatividad invocada en el Decreto cuestionado”.