El programa de humor negro y sátira social, conocido como Fuck News, y transmitido por YouTube es objeto de constantes críticas, debido a que utilizan las noticias más escabrosas y trágicas para hacer chistes que traspasan las convenciones de decoro y de lo “políticamente correcto”.

Por esta razón, los comediantes Camilo Sánchez y Camilo Pardo, creadores de Fuck News, tuvieron que enfrentar una tutela en su contra ante la Corte Constitucional, debido a que el demandante los señalaba de incitar, con sus chistes, a la violencia sexual hacia menores de edad.

Los humoristas también fueron demandados en una ocasión anterior por un chiste sobra una mujer que murió arrollada en Medellín. | Foto: Instagram @fucksnewsnoticreo

No obstante, la Corte Constitucional respondió este martes, 11 de junio, con una desestimación de la acción judicial contra los comediantes, puesto que para el alto tribunal, la tutela no contaba con la legitimidad del autor para asumir la defensa de los derechos de infancia, además de carencias en el fondo argumentativo de la misma.

En primer lugar, la Corte invita al demandante a emplear otros medios pertinentes para su propósito, uno de los cuales es el objetivo de que el contenido de Fuck News sea retirado de las redes sociales.

Al respecto, el tribunal estableció que “el demandante admitió que no ha solicitado a los accionados la enmienda o retiro de los contenidos humorísticos que considera vulneran los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Tampoco ha realizado ninguna petición similar o reclamación a las redes sociales en las que se encuentran alojados. Esto, a pesar de que estas plataformas permiten la denuncia de las publicaciones que allí se encuentran, de manera que este requisito también le es exigible al demandante”.

La Corte incluso confirmó que no había denuncias en estas plataformas contra los contenidos de Fuck News, que habría sido el primer paso a tomar en la pretensión del demandante.

No obstante, los magistrados en su fallo aclararon que “si bien esta Sala de Revisión no realizará un estudio de fondo por las razones expuestas, no se puede perder de vista que las inconformidades que pueda tener el accionante por la protección de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes podrá ponerse en conocimiento ante quienes considere razonablemente infringen sus deberes y utilice los mecanismos habilitados por las distintas plataformas digitales. En el mismo sentido, quienes ejercen labores en el ámbito de la comunicación pública y las redes sociales están llamados a adoptar y fortalecer mecanismos propios de autocontrol y buenas prácticas, que materialicen la ponderación de principios y derechos amparados constitucionalmente, especialmente en lo que respecta a la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.

Por otro lado, resaltan que no hay justificación sólida sobre la pertinencia legal del demandante como defensor de los derechos de niños y adolescentes.

“En este caso, el demandante no es el representante legal de ninguno de los niños y niñas en favor de quienes presuntamente actúa y no existe evidencia de que las personas que ejercen su patria potestad estén inhabilitadas para actuar en su nombre. Tampoco se advierte que, estando habilitadas, se hayan negado a ejercer las acciones necesarias para la garantía de sus derechos. El demandante informó que no cuenta con aval de las personas cuyos derechos agencia ni de sus representantes legales. Por lo tanto, se advierte que su actuación extralimita la agencia oficiosa”, concluye el fallo.

A pesar de todo esto, Fuck News obtuvo un Premio India Catalina en el pasado mes de abril, como Mejor Creador de Contenido Digital. Camilo Sánchez y Camilo Pardo no se han pronunciado al respecto.

Por su parte, el abogado defensor Santiago Trespalacios, publicó en su cuenta de X que: “La Corte Constitucional nos dio la razón en la revisión de una tutela en contra de Camilo Pardo, Camilo Sánchez y Fuck News, a quienes tuvimos el honor de representar”.