En Colombia, manejar con exceso de velocidad es una de las infracciones de tránsito más comunes. Las multas por esta conducta buscan garantizar la seguridad vial de los peatones y conductores, así como controlar el tráfico en las vías.
En primer lugar, es importante conocer que los límites de velocidad varían de acuerdo con el tipo de vía o el riesgo de la zona en la que transite. De esa manera, el Ministerio de Transporte establece los siguientes límites:
- En vías urbanas y municipales, la velocidad máxima permitida es de 50 kilómetros por hora.
- En zonas escolares y residenciales, se debe mantener una velocidad de hasta 30 kilómetros por hora.
- En vías rurales, el límite de velocidad autorizado es de 80 kilómetros por hora.
- En carreteras nacionales y departamentales, se establece una velocidad máxima de 90 kilómetros por hora.
- En vías de doble calzada sin pasos peatonales, se permite una velocidad máxima de 120 kilómetros por hora.
¿Cuáles son las multas?
Los conductores que infringen las normas de tránsito son sancionados de acuerdo con la gravedad de la falta. Para determinar la tarifa que debe pagar una persona, el Código Nacional de Tránsito clasifica las multas en categorías de la A a la F, siendo esta última la más grave.
El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito contempla varias infracciones relacionadas con la alta velocidad. Todas estas se clasifican en las categorías C y D:
- C.5 No reducir la velocidad cuando transite por un cruce escolar en los horarios y días de funcionamiento de la institución educativa, o cuando transite por cruces de hospitales o terminales de pasajeros.
- C.25 Transitar, cuando hubiere más de un carril, por el carril izquierdo de la vía a velocidad que entorpezca el tránsito de los demás vehículos.
- C. 29 Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida.
- D.10 Conducir un vehículo para transporte escolar con exceso de velocidad.
En el caso de las tres infracciones contempladas en la categoría C, el conductor o propietario del vehículo será sancionado con multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, que en 2024 equivalen a 650 mil pesos.
Por otro lado, conducir un vehículo para transporte escolar con exceso de velocidad es una infracción más grave que las anteriores, por lo que la multa es superior. El Código de Tránsito indica que en ese caso, el conductor o propietario del vehículo será sancionado con una multa de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, deberá pagar 1 millón 300 mil pesos.