Una nueva jornada de movilizaciones se llevará a cabo el día de hoy en Bogotá. Este jueves, miles de mujeres marcharán para conmemorar el Día de Acción Global por el Aborto Legal y Seguro.
Bajo este contexto, durante este jueves, el Movimiento Causa Justa y diversas organizaciones, se movilizarán en más de 20 ciudades para conmemorar este día y exigir la implementación de la Sentencia Justa (C-055 de 2022) y la despenalización social del aborto.
La Plaza de Bolívar se convertirá el punto de encuentro para iniciar esta marcha a las 3:00 p.m. y culminará en la Plaza de la Hoja; allí, un concierto acompañará las voces de las mujeres que luchan por sus derechos.
Cabe destacar que ciudades como Medellín, Cúcuta, Cali y otras, también son escenario de foros, conversatorios, murales y encuentros para conmemorar este día.
¿De qué se trata la Sentencia C-055 y cuál es su impacto en Colombia?
El Movimiento Causa Justa asegura que la Sentencia C-055 de 2022 es un avance que ha aumentado la igualdad, autonomía y libertad productiva de las mujeres en el país. Esta sentencia asegura la legalidad del aborto hasta la semana 24 de gestación.
Miles de mujeres y este movimiento, aseguran que este derecho debe ser garantizado de manera progresiva, sin ninguna barrera para quienes decidan hacer valer su derecho.
Este fallo tiene un impacto significativo en la protección y el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres, asegurando que tengan acceso a procedimientos seguros y legales dentro de ese período gestacional.
En estas manifestaciones también se resalta la importancia de un enfoque étnico para la atención del aborto. Esto, debido a que muchas mujeres, incluyendo aquellas de estrato bajo, rurales, indígenas y migrantes, junto con hombres trans y personas no binarias, se enfrentan a diferentes tipos de discriminación en su día a día.
La Encuesta Polimétrica 2023 de Cifras y Conceptos asegura que 7 de cada 10 personas en Colombia están de acuerdo en respetar los derechos que tienen las mujeres para decidir sobre su cuerpo y reducir la mortalidad debido a los abortos clandestinos.
Catalina Calderón, directora senior de Comunicaciones y Programas de Incidencia en Women’s Equality Center, señala que esta jornada representa un gran paso en materia de salud sexual y reproductiva al eliminar una barrera para el acceso a procedimientos obstétricos practicados en entornos seguros.
Proceso de tres años
Fueron tres años de más de 50 recusaciones, además de escritos ciudadanos a favor y en contra, conceptos técnicos y académicos, cambio de jueces, solicitudes y demás.
Néstor Osuna alcanzó a enviar una intervención como docente mucho antes de convertirse en ministro. “En razón de todo lo anterior, con el respeto debido le solicito a la H. Corte Constitucional que estime los cargos de la demanda y, por tanto, declare la inconstitucionalidad del artículo 122 del Código penal”, manifestó Osuna en su escrito.
El primero en tener la acción constitucional en su despacho fue el entonces magistrado Alberto Rojas Ríos, quien alcanzó a dar su voto positivo a la sentencia del año pasado sobre el aborto poco antes de que terminase su período de ocho años en la Corte, el 25 de febrero del 2022.
Antes de retirarse, Rojas presentó una ponencia que alcanzó a debatirse en la Sala Plena, pero terminó en un empate porque el magistrado Alejandro Linares se había declarado impedido y no pudo votar. La Corte, entonces, designó en enero de 2022 al conjuez Juan Carlos Henao para continuar el estudio.
Ahí empezó el meollo, pues contra Henao se presentaron más de 50 recusaciones, al tiempo que en la demanda de Causa Justa se presentaron otras contra el conjuez Julio Ossa, cuyo voto fue clave para la histórica sentencia de 2022.
Natalia Ángel, luego de ser escogida como magistrada para continuar con los procesos del despacho de Rojas y por lo tanto ser ponente en la decisión que se conoce hoy, presentó la ponencia que negó las recusaciones de Henao y fue aprobada por la Sala Plena.
La Procuraduría le envió su concepto a la Corte en noviembre de 2020. En ese momento, Fernando Carrillo le pidió a la Corte declararse inhibida y, además, “exhortar al Congreso de la República a expedir la regulación del derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo como manifestación de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, así como decidir la razonabilidad de su despenalización total en términos de política criminal”.
Carrillo no secundó la petición de despenalización total, sino que consideró que el Congreso es el que debe intervenir. No obstante, reconoció que la sentencia C-355 de 2006 y otras sentencias de tutela “han acatado la línea que despenaliza el aborto en circunstancias extremas, al tiempo que ha consolidado el contenido del derecho e integrado normativa de carácter internacional”.
Además, recalcó que la ausencia de una regulación por parte del Congreso “comporta en sí misma una barrera de acceso, pues es el escenario propicio para la aparición de otros muros institucionales y socioeconómicos que en la práctica impiden que la mujer gestante adopte la decisión libre y autónoma sobre su propio cuerpo”.