Este martes 3 de octubre la Corte Constitucional publicó un documento, de 11 páginas, en el que explicó por qué tomó la decisión de tumbar el decreto de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de la Guajira.
“Primero. Declarar INEXEQUIBLE el Decreto Legislativo 1085 de 2 de julio de 2023, por medio del cual se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira”. escribió la corte en el documento.
Tras declarar como inexequible el decreto de la emergencia, la corte concedió efectos diferidos a la decisión por el término de un año.
“Segundo. Conceder EFECTOS DIFERIDOS a esta decisión por el término de un (1) año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua”, dijo la Corte
En el extenso documento, el alto tribunal aseguró que el decreto, expedido por el presidente Gustavo Petro, no cumplió con algunas aspectos como el presupuesto, pero el estado de excepción con las facultades especiales al Gobierno, fue la principal causa por la cual la Corte declaró como inexequible el decreto.
La Corte Constitucional también explicó que el gobierno de Petro no sustentó el por qué los mecanismos ordinarios previstos en el ordenamiento no eran idóneos ni suficientes para responder a la crisis que originó la declaratoria en La Guajira.
Para el alto tribunal la discusión sobre declarar el estado de emergencia en este departamento debió realzarse en el Congreso de la República, teniendo en cuesta que este es el lugar donde se discuten este tipo de proyectos que tienen un impacto social y económico en el país.
La corte exhortó al Gobierno Nacional y al Congreso de la República adoptar las medidas necesarias para superar la crisis humanitaria que existe en el departamento de La Guajira.
“Tercero. Exhortar al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017 y, con ello, se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país. Así mismo, para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias demanden”, Manifestó la entidad.
Cabe recordar que, este lunes 2 de octubre, con seis votos a favor y tres en contra, la Corte Constitucional declaró inexequible al Decreto 1085 del 2 de julio de 2023, con el que el gobierno de Gustavo Petro había declarado el Estado de Emergencia en La Guajira.
La ponencia conjunta, discutida por la Sala Plena fue de autoría de la magistrada Diana Fajardo y el magistrado José Fernando Reyes.
En ese sentido, el tribunal les da un año al Gobierno y al Congreso para solucionar crisis humanitaria por escasez de agua.
Instrumentalizar la crisis, el fuerte llamado de la Procuraduría
Margarita Cabello Blanco, procuradora general en el concepto brindado, el cual ha sido clave en la discusión, afirma que el gobierno de Petro estaría “instrumentalizando” la crisis en el departamento de La Guajira “para obtener facultades legislativas excepcionales”, hecho por el cual le pidió a la Corte Constitucional declarar inexequible el decreto.
“La crisis del departamento de La Guajira se trata de una problemática que responde a factores estructurales y, por consiguiente, debe ser superada por las autoridades a partir de una buena gestión de los instrumentos institucionales”, refutó.