Hace ya un mes, el Consejo de Estado emitió un fallo en el que anulaba la sanción que inhabilitaba a Juan Carlos Abadía, quien fuera gobernador del Valle del Cauca entre el 2008 y el 2010, para ejercer cargos públicos por 10 años, sin embargo, la Procuraduría General de la Nación interpuso una tutela en contra de esta decisión.

El Ministerio Público pidió que se deje sin efecto esta y otras dos decisiones judiciales similares proferidas por la alta corte, estas relacionadas con el exsenador Eduardo Merlano y el exalcalde del municipio de San José del Fragua (Caquetá), Duber Trujillo Medina.

“Estas (las decisiones del Consejo de Estado) vulneraron el derecho fundamental al debido proceso de la Procuraduría, porque se desconoció la Constitución Política y el precedente de la Corte Constitucional respecto de la competencia de esta entidad para ejercer el control disciplinario sobre los servidores públicos de elección popular”, sostiene el comunicado de la entidad.

A través de su cuenta oficial de X, antes Twitter, la Procuraduría informó sobre la decisión de interponer las tutelas. | Foto: El País

Como argumentos, la Procuraduría habló sobre la Carta Política, la cual indica que el ente de control tiene la competencia para suspender, destituir e inhabilitar a estos servidores. También recordó una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el 2020, en el que se reitera que la entidad sí puede sancionar a funcionarios elegidos por voto popular.

“Los procesos disciplinarios fallados contra servidores electos popularmente, con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 2094 de 2021 (que reformó el Código General Disciplinario), deben ser analizados por la jurisdicción de lo contencioso administrativo con base en lo dispuesto en la Constitución Política y los pronunciamientos de la Corte Constitucional”, concluyó el comunicado del Ministerio Público.

Como se recordará, el exgobernador del Valle fue destituido de su cargo en 2010 e inhabilitado para ocupar puestos públicos en 2015 por irregularidades en contratación.

Esta sanción de la Procuraduría estaba relacionada con la comisión de fallas en los procesos de selección, trámite y suscripción del contrato de prestación de servicio N° 365 del 25 de marzo de 2010, celebrado entre la Gobernación del Valle del Cauca, a través de la Secretaría de Salud Departamental, y la firma Eduardo Bolaños IPS Ltda.

La polémica se generó porque la contratación se realizó de manera directa, sin agotar el procedimiento y los requisitos establecidos para este tipo de procesos, un hecho de relevancia, por lo que el fallo advertía que Abadía no podía apartarse de su responsabilidad en la selección objetiva del contratista.

El Consejo de Estado tumbó la decisión de la Procuraduría General de la Nación.

“Es claro que el disciplinado tuvo un conocimiento del hecho, ya que participó en la elaboración e implementación del manual de contratación del Departamento del Valle del Cauca, adoptado mediante el Decreto No. 0926 del 4 de septiembre de 2008, dado que fue él, como Gobernador, quien lo expidió e implementó”, señaló la entidad en su momento.

Pero Juan Carlos Abadía ha estado inmerso en otros escándalos. Por ejemplo, solo el pasado 28 de julio la Fiscalía General de la Nación lo acusó formalmente por el presunto pago de un soborno para archivar un proceso en su contra en la Corte Suprema de Justicia.

De acuerdo con el documento emitido por el Consejo de Estado para justificar su fallo, con fecha del pasado 27 de julio, la destitución e inhabilidad general impuesta al funcionario elegido por voto público habría sido ilegal.

Aunque en su momento, el polémico exgobernador apeló la decisión, en primera instancia el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca negó la demanda. El Consejo de Estado, por su parte, estudió el caso y determinó la falta de competencia de la Procuraduría para sancionar a servidores públicos de elección popular.

El exgobernador también ha sido imputado por los delitos de peculado por apropiación agravado y celebración indebida de contratos. | Foto: COLPRENSA ©

Por tanto, el fallo del alto tribunal, en primer lugar, revocó la sentencia del 15 de mayo de 2019 del Tribunal Administrativo del Valle que “negó las pretensiones de la demanda del exmandatario departamental”. Como consecuencia de esta decisión, el Consejo de Estado declaró nulas “las actuaciones disciplinarias del 24 de febrero de 2015 y del 29 de septiembre de 2016″, con las que la Procuraduría destituyó e inhabilitó al funcionario por diez años”.