Este viernes la Procuraduría General de la Nación le pidió al Ministerio de Ambiente suspender la resolución de la entidad que ordena las medidas de protección a los humedales Juan Amarillo, Córdoba y Jaboque, los cuales conforman el complejo de humedales urbanos de Bogotá por presuntas extralimitaciones y desconocimiento a las funcionales de las autoridades ambientales locales.
La solicitud que fue hecha en 25 páginas por la Delegada Ambiental del ente de control, resalta que la cartera nacional ambiental no le corresponde imponer medidas preventivas no previstas en la ley para la suspensión de actividades al interior del complejo de humedales urbanos del distrito de Bogotá, sino a la Secretaría Distrital de Ambiente de Bogotá.
Asimismo, la Procuraduría explica que a pesar de que es de suma importancia de que el Ministerio de Ambiente vele por la gestión ambiental y la protección de estos ecosistemas de gran importancia, son las autoridades ambientales urbanas dentro del ámbito de su jurisdicción, las que les corresponde desarrollar los instrumentos y acciones necesarias para promover la defensa de los ecosistemas estratégicos en sus territorios como en este caso lo es la Secretaría de Ambiente de la capital.
“El documento expone que la competencia del ministerio, como articulador del SINA, se enmarca en reclamar ante dicha autoridad ambiental la imposición de las medidas de protección y conservación que sean necesarias y el adelantamiento de los procesos sancionatorios a que hubiere lugar”, asegura el ente de control en un comunicado.
De la misma manera, le exigen a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá la prestación de una evaluación de impacto ambiental para su evaluación, y adelante los procesos sancionatorios necesarios para imponer las medidas preventivas de suspensión, si se evidencia algún incumplimiento a la norma ambiental.
Ante esto, la Procuraduría hizo un llamado de atención al Ministerio de Ambiente para garantizar el principio de legalidad, de respeto por la autonomía y competencia que tienen las autoridades ambientales regionales y urbanas. “El Ministerio de Ambiente estaría extralimitándose en sus funciones al exigir una serie de estudios y requisitos que no se encuentran contemplados en las normas que regulan la materia”, advierten.
Además, invitó a la Unidad Administrativa Especial del Sistema Nacional de Parques Naturales, las corporaciones autónomas regionales, las corporaciones de desarrollo sostenible, los grandes centros urbanos y las autoridades ambientales distritales, para que partan de una delimitación, caracterización y zonificación para la definición de medidas de manejo, ya que son las entidades que les corresponde elaborar y ejecutar los planes de manejo ambiental para los humedales prioritarios de su jurisdicción.
Por último, la procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios recordó que en otras ocasiones ha advertido que el Ministerio de Ambiente ha realizado una indebida aplicación por desconocer los precedentes jurisprudenciales frente a los requisitos para aplicar la suspensión de obras, proyectos o actividades que ponen en peligro recursos ambientales.