Un pliego de cargos en contra de la empresa Claro formuló la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), debido a que la organización habría implementado algunos métodos en los cuales limitaba la libertad de los usuarios en cuanto a libre competencia. Esto, según las denuncias, porque se les prohibía a los usuarios que se cambiaran de operador.
Fueron 15 denuncias por parte de particulares y de las empresas de comunicaciones de Tigo (1), Movistas (7) y Wom (6), las cuales se tuvieron en cuenta para abrir esta investigación y formular el pliego de cargos en contra de esta empresa de telecomunicaciones.
Estas denuncias fueron recibidas por Francisco Melo, el superintendente delegado para la Protección de la Competencia, en donde se resaltaba que habrían aumentado las cifras de portabilidad para figurar como el proveedor de servicios móviles que preferían los usuarios.
Es importante mencionar que fueron cinco las conductas que se identificaron desde la SIC, entre las cuales se afectó de forma irregular las dinámicas competitivas del mercado con el propósito de la entidad mantener e incrementar su posición.
Por ejemplo, una de ellas según la SIC, desde Claro se habría llevado a cabo o promovido acciones con el fin de aumentar de manera artificial las estadísticas de operaciones exitosas de la Portabilidad Númerica Móvil (PNM) en su beneficio.
Estas operaciones exitosas se refieren a las que tienen a COMCEL como operador receptor.
“Lo anterior, con la finalidad de distorsionar a su favor las cifras de PNM en el país y, de esta manera, figurar como el proveedor de servicios móviles preferido por los usuarios, en perjuicio de los intereses comerciales de sus competidores”, citó la SIC, a través de un comunicado.
A esto se le suma que existe el rechazo que hubo sin justificación de las solicitudes del PNM presentadas por sus usuarios.
Los siguientes puntos que expone la SIC tienen relación con el bloqueo injustificado a la interconexión y al acceso al servicio de Roaming Automático Nacional (RAN) por parte de sus competidores y la reducción deliberada de la calidad del servicio de RAN proporcionado por Comcel a WOM.
“COMCEL habría limitado la calidad de la conexión del servicio RAN prestado a WOM, con la finalidad de restringir su capacidad competitiva. La anterior situación habría afectado de manera significativa la calidad y velocidad de conexión de los usuarios del operador de WOM”, cita el documento que presentó la entidad.
Esto quiere decir que la empresa no habría asegurado la prestación de servicios de voz, SMS y datos en las mismas condiciones de calidad ofrecidas a sus usuarios, según la denuncia.
Por último, resaltaron que otro de los puntos, fue la utilización excesiva y sin discriminación de medidas legales y/o administrativas destinadas a obstaculizar el crecimiento de WOM en el mercado.
La SIC otorga permiso a Telefónica y Tigo
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha dado su aprobación a la integración prevista entre Tigo y Telefónica a través de la Resolución 61548 de 2023. En virtud de este acuerdo, ambas partes podrán compartir su infraestructura de red y los derechos de uso del espectro radioeléctrico.
“La operación de integración no generará afectación alguna en los mercados mayoristas y minoristas de telecomunicaciones, ya que Telefónica y Tigo seguirán participando de manera independiente en dichos mercados”, afirma un comunicado emitido por la SIC, al respecto.
Es importante destacar que, en virtud de esta decisión, Telefónica y Tigo no compartirán las rutas de transmisión (backbone y backhaul) ni los núcleos de red (Core), sino únicamente la utilización de la infraestructura.
Conforme a la resolución, la Unión Temporal (UT) conformada por Tigo y Telefónica utilizará un total de 140 MHz de espectro, con 40 MHz en bandas bajas y 100 MHz en bandas medias, respectivamente.