El presidente de la República ya sancionó la Ley por medio de la cual entrará a regir en el país la cadena perpetua para violadores, una norma que busca aumentar las penas y así persuadir a los criminales de no cometer el delito.

Según afirmó el Presidente el nacimiento de esta ley no supondrá el fin de los actos en contra de los menores, pero aseguró que quedan advertidas las personas que pretendan incurrir en estos delitos.

“Con la Ley que reglamenta la cadena perpetua quedan advertidos quienes pretendan violentar y asesinar nuestra niñez y es una norma que se ajusta a la Constitución, con garantías de debido proceso, para que haya sanciones ejemplares contra estos criminales”, indicó el Mandatario.

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Durante la sanción de la iniciativa, Yohana Jiménez, hija de la exsenadora Gilma Jiménez, quien fue la primera en impulsar una norma de este tipo, indicó que “en 2017 insistimos en un referendo en el que el presidente Duque nos acompañó como candidato y, durante sus declaraciones públicas dijo que nos acompañaría en esta iniciativa, una Ley de origen ciudadano pues son peticiones que han hecho durante años millones de colombianos”.

Según el Inpec, en las cárceles hay 13.110 condenados o sindicados por delitos sexuales contra menores. Esa cifra, que corresponde a todos los casos en los que hay actuaciones de fondo de la justicia en décadas, es incluso inferior al total de denuncias por niñas y niños de un solo año.

A continuación explicamos algunas dudas que hay respecto a esta nueva Ley que pretende castigar con más severidad a quienes violen los derechos fundamentales de los niños.

¿Qué ordena la nueva Ley?

Con esta Ley lo que se busca es el amparo de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, como sujetos de especial protección constitucional.

Ordena la imposición de la máxima pena para las personas que incurran en el delito de asesinato o violación a menores de edad.

¿Cuándo se impondrá la cadena perpetua?

Según el ministro de Justicia Wilson Ruiz, la cadena perpetua se podrá imponer cuando se trate de delitos contra la libertad, la integridad y formación sexual de los niños, niñas y adolescentes o cuando hay incesto, es decir, una relación sexual entre familiares consanguíneos muy cercanos o que proceden por su nacimiento de un tronco común.

“La Ley también se impondrá cuando se presente un homicidio agravado contra un menor de edad”, aclaró el Ministro, en entrevista con Caracol Televisión.

La iniciativa para proteger a los niños fue aprobada por el Senado el pasado 15 de junio tras recibir 67 votos a favor y 14 en contra.

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No todos tendrán cadena perpetua

Una vez se imponga cadena perpetua, el fallo pasará a revisión por parte del cargo superior en la jerarquía del juez que sentenció la pena, pues hay que aclarar que para sentenciar dicha condena, se deberán cumplir algunos agravantes, razón por la cual no todos los ciudadanos que incurran en violación y asesinato de menores, recibirán la cadena perpetua.

¿A qué tendrán derecho los condenados?

Los condenados tendrán derecho a una resocialización de su condena después de mínimo 25 años, aunque de igual manera, el articulado afirma que dichas personas no podrán quedar libres sin pagar mínimo los 50 años de prisión.

“La revisión de la resocialización se da en un plazo mínimo de 25 años, pero esto no significa que el condenado recobre la libertad en este tiempo, sino que en caso de que se verifique el avance de la resocialización la persona tendrá que cumplir la condena máxima establecida en el Código Penal que son 50 años de prisión. Además, en caso de concurso de delito deberá cumplir los 60 años en prisión”, explicó el Ministro de Justicia.

¿A qué lugar serán llevados los violadores de niños?

Según el Ministro, generalmente esto lo establece el director del Inpec. Sin embargo, actualmente todas las personas que hayan sido condenadas por delitos sexuales están siendo dirigidas a cárceles de máxima seguridad.

“Uno de los lugares a donde más se han enviado personas por este tipo de delitos es a la cárcel La Tramacúa, en Valledupar, y a la de Cómbita, en el departamento de Boyacá”, aclaró Ruiz.

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La Ley no es retroactiva

Aunque muchos sectores estaban a la espera de que la norma pudiera estrenarse con el responsable de los casos de abuso sexual cometidos contra varios menores en un centro infantil de Medellín, ello no podrá ocurrir.

Para Ruiz, “infortunadamente sobre el caso de los menores de edad que habrían sido violados en un jardín infantil en Medellín, no cobijaría a la persona que presuntamente habría cometido este delito porque la nueva Ley no es retroactiva y cobijaría los delitos que se cometan después de la firma”.

El representante Juan Carlos Wills, otro de los impulsores del proyecto, lamentó que el caso no vaya a tener esta sanción ejemplar, pero celebra que la justicia ya cuente con este nuevo instrumento para reducir los crímenes en contra de los menores.

“Lamentable es que en este caso no podamos utilizar esta Ley que sanciona el Presidente para regular la cadena perpetua para abusadores de niños en Colombia, pero por lo menos nos genera la tranquilidad a los colombianos que tenemos una Ley fuerte contra estos criminales a quienes le vamos a imponer la pena máxima”, manifestó Wills en declaraciones a RCN Radio.

En 2020, según datos de Medicina Legal, se registraron 18.043 casos de delitos sexuales, de los cuales 15.359 fueron contra niñas, niños y adolescentes entre los 0 y 17 años, equivalente al 85,1% del total de agresiones.

El presidente Duque destacó que esta iniciativa incluye el principio de imprescriptibilidad de la acción penal, es decir, que la investigación del crimen no pierde vigencia en el tiempo.

Opiniones a favor y en contra de la Ley

Según el presidente Iván Duque al haber avanzado “con esta reglamentación estamos dando quizá el paso más importante en la protección de los derechos de los niños. Gilma Jiménez decía que este es el comienzo del fin, no es que con la sanción de esta Ley se acaben estos crímenes, pero quedan advertidos quienes pretendan incurrir en estos delitos, que con la imprescriptibilidad les caerá todo el peso de la ley”.

Por otra parte, los detractores de la norma tienen dos argumentos fuertes: el primero de ellos es que está comprobado científicamente que el aumento de las penas no necesariamente implica que se disuada a los delincuentes; y que pese a que la norma es clara que la cadena perpetua es excepcional, puede hacer tránsito para otros delitos y en el futuro terminaremos castigando todo con una sanción de este tipo.