Como una segunda oportunidad para las personas que están sobreendeudadas y no tienen cómo pagar, califican los expertos la conocida Ley de Insolvencia o de quiebra para las personas naturales.
En Colombia, explica Gonzalo García, abogado experto en este tema, operan las leyes 1116 del 2016 para empresas; 1564 para personas naturales no comerciantes y la 550 para instituciones públicas.
“Con estas normas se benefician los deudores y los acreedores porque se logra conciliar los pagos, es una segunda oportunidad para que las personas puedan honrar sus obligaciones”, destacó García. Según un informe de la empresa Insolvencia Colombia, este año 1800 ciudadanos se han acogido a la ley de insolvencia, 17 % más que en el 2018.
El 81 % de los que se acogieron son profesionales con empleos bien remunerados, y el 57 % con ingresos superiores a los $4 millones, “lo que evidencia que la insolvencia aplica a quienes no saben manejar sus finanzas y no a quienes no tienen un poder adquisitivo”, explicó Leonardo Novoa, analista de Datos de Insolvencia Colombia.
Para Luis Benítez, director de esta firma, “el fin para el cual se creó la ley se está cumpliendo, las personas buscan la insolvencia para llegar a acuerdos de pago con sus acreedores, después de cinco años la tendencia se consolida y podemos hablar de que esta norma está cumpliendo su cometido”, dijo.
Otro de los datos que arrojó el estudio de Insolvencia Colombia es que los acuerdos de pago se dan en 6 de cada 10 trámites.
Según la Superintendencia Financiera, entre 2016 y el mes de mayo de 2019, 4.453 personas se habían acogido a la ley de quiebra. De estos procesos, el 30,2% se encontraban a esa fecha en trámite y 29% lograron ajustes en las condiciones de las acreencias. La mayoría de las solicitudes de negociación provenían de deudores hombres (58 %).
En el ámbito nacional, las regiones donde se efectúan el mayor número de insolvencias son Bogotá, Valle del Cauca y Antioquia.
Cómo acogerse a la norma
La ley de insolvencia está disponible para todas las personas naturales no comerciantes con problemas para cumplir con obligaciones financieras. La norma cobija deudas con el sector financiero, impuestos, servicios públicos domiciliarios, comerciales y personales (colegios, administraciones).
Para acogerse se deben cumplir dos requisitos: ser persona natural, es decir no tener RUT de comerciante y tener 90 o más días de mora en al menos el 51 % de las obligaciones, lo que puede ser dos o más deudas vencidas.
Lo importante es que durante la negociación, con todos los acreedores, se suspende cualquier medida legal contra la persona y se puede negociar el pago de los compromisos a 5 años o más tiempo.
Cesar Úcros Barros, director Jurídico de Chao Deudas, destacó como beneficios de la norma: no más llamadas de cobro de bancos, compañías de cobranza y otros acreedores; cambio de estatus en centrales de riesgo, pues a partir de la admisión del acuerdo, el estatus en centrales de riesgo pasará de deudor moroso a ley de insolvencia y rapidez en el trámite: entre 60 y 90 días para resolverlo.
Las deudas
Al cierre del mes de septiembre de este año las deudas de los colombianos con la banca por créditos de consumo ascendió a $150 billones, de acuerdo con datos de la Superintendencia Financiera.
De estos recursos $7,5 billones son cartera vencida, es decir que tenían una o más cuotas vencidas.
Sin embargo, toda la cartera en mora ascendió a septiembre de 2019 a $30,4 billones, en este monto se incluyen los créditos vencidos de vivienda, consumo, comercial y microcrédito.
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