En desarrollo de su campaña de cobro y fiscalización, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, embargó y procedió al secuestro de bienes de propiedad de 14 contribuyentes en Cali que adeudan a la entidad $45.000 millones.
De igual manera, adelantó 345 visitas para identificar bienes de otros morosos, más 20 visitas de control del IVA a cacharrerías, electrodomésticos y supermercados.
La entidad procedió en el último mes al cierre de establecimientos de comercio pertenecientes a contribuyentes que incumplieron con la obligación de facturar o de expedir factura con el cumplimiento de los requisitos legales, informó la directora seccional de impuestos, Lucía Vergara.
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En ese sentido la entidad hizo un nuevo llamado a las personas para que exijan la factura por concepto de toda compra de bienes y servicios con el cobro del IVA respectivo, tal como lo ordena la ley.
Los operativos, que continuarán en el presente mes corresponden al Plan Nacional de Cobro 2018, cuyas acciones conjuntas de cobranzas y fiscalización, han permitido recaudar en los nueve primeros meses $6,2 billones por concepto de gestión.
En Colombia
Durante el mes de septiembre, la Dian gestionó en todo el país cartera morosa por un valor cercano a $300.000 millones, correspondientes a 6400 contribuyentes, que no atendieron los diferentes requerimientos persuasivos en lo que va corrido del año.
Igualmente, se adelantaron 4041 visitas de investigación de bienes a contribuyentes morosos que adeudan $224.090 millones y se secuestraron bienes de propiedad de 287 morosos que deben $8.700 millones.
En materia de fiscalización en la última semana se llevó a cabo el cierre de 24 establecimientos de comercio, responsables del Impuesto Sobre las Ventas y del Impuesto Nacional al Consumo, que no cumplen con la obligación de expedir factura o documento equivalente sobre todas las operaciones comerciales que realizan.
De igual manera, se efectuaron 278 visitas de control a contribuyentes con establecimientos de comercio como cacharrerías, venta de electrodomésticos y supermercados de barrio; con el fin de revisar la declaración de IVA del primer bimestre de 2018, validando la procedencia de los impuestos descontables, señaló Cecilia Rico Torres, directora de gestión de ingresos.
La funcionaria recordó que cuando la deuda corresponda a retenciones, o al impuesto sobre las ventas o el impuesto nacional al consumo y la mora en la cancelación del saldo a pagar, sea superior a tres (3) meses, se iniciará el proceso encaminado a la aplicación de la sanción de clausura o cierre del establecimiento según el Artículo 657 del Estatuto Tributario.