Falta menos de una semana para las elecciones territoriales del próximo domingo 29 de octubre, una nueva cita que los colombianos cumplirán con la democracia. Es clave recordar que en estos comicios electorales podrán votar los colombianos y los extranjeros residentes en Colombia mayores de 18 años que estén habilitados en el Censo Electoral.
La Registraduría Nacional del Estado Civil explica que para ejercer este derecho, los colombianos deben presentar únicamente la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas o la cédula digital en cualquiera de sus dos versiones: física o en tu dispositivo móvil.
Mientras tanto, extranjeros residentes en el país pueden votar presentando su cédula de extranjería con categoría de residente en estado vigente. En Colombia, esta población solo puede participar en las elecciones municipales y distritales, como lo establece la ley 1070 de 2006.
En estos comicios, los ciudadanos acudirán a las urnas para elegir a las autoridades territoriales para el periodo constitucional 2024 - 2027 en todo el país. A nivel departamental, votarán por gobernadores y diputados, escogerán alcaldes y concejales en ciudades y municipios, y ediles en localidades y comunas.
Los aspirantes que resulten elegidos se posesionarán en sus cargos territoriales el 1 de enero de 2024. Este es el número de curules para los diferentes cargos en el territorio nacional, según el Sistema Integral de Capacitación Electoral:
- 1102 alcaldes.
- 32 gobernadores.
- 12.072 concejales.
- 418 diputados.
- 6885 ediles.
Teniendo en cuenta que se elegirán cinco cargos diferentes, en las mesas de votación los jurados le entregarán a cada ciudadano cinco tarjetas electorales, una para cada autoridad territorial: Gobernación (color naranja), Asamblea departamental (color verde), Alcaldía (color morado), Concejo Municipal (color azul) y Juntas Administradoras Locales (color café).
ABC de las elecciones territoriales
En su página web, la Registraduría resuelve varios interrogantes que podrían tener los electores, ad portas de esta jornada.
¿Puedo votar sin inscribir mi cédula?
Es posible participar de los comicios electorales, siempre y cuando el ciudadano esté habilitado en el Censo Electoral para las elecciones territoriales 2023. Para verificar su puesto de votación actual, puede ingresar a la página web www.registraduria.gov.co.
¿Puedo votar en una ciudad o municipio diferente al lugar donde inscribí mi cédula?
No. Los colombianos pueden votar únicamente en el lugar en el que tiene inscrita su cédula de ciudadanía.
¿Cómo sé cuál es mi lugar de votación?
Todos los colombianos pueden consultar su puesto de votación en la página web de la entidad www.registraduria.gov.co o descargando la aplicación elecciones Colombia 2023 desde su dispositivo móvil en el banner ‘Consulte aquí su lugar de votación’.
Allí, se deberá digitar el número de cédula de ciudadanía y el sistema arrojará la información referente al puesto y mesa de votación en el que el ciudadano se encuentra habilitado para votar.
¿Cuál es el horario para votar?
El horario de votación en todo el territorio nacional para las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023 es de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Si son las 4:00 p.m. y el ciudadano está en la fila de la mesa de votación, ¿puede votar?
Es clave acudir a las urnas con tiempo de antelación. Tenga en cuenta que a las 4:00 de la tarde en punto se cierran las mesas de votación. Desde ese momento, solo pueden votar aquellos ciudadanos que ya hayan entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación.
¿Los ciudadanos en el exterior pueden votar en las elecciones territoriales?
Los ciudadanos colombianos residentes en el exterior solamente pueden votar en las elecciones de carácter nacional como Presidente o Congreso, no del orden local, pues no se ven afectados directamente con las decisiones tomadas por las corporaciones o los mandatarios locales.