Las audiencias judiciales adelantadas contra los cuatro presuntos asesinos del fiscal Alcibiades Libreros Varela, de 58 años, no han dejado satisfechas a todo el mundo, una situación que también abrió un debate alrededor de las debilidades de la justicia colombiana.
Para empezar, la familia de la víctima aseguró que la hipótesis de la Fiscalía General de la Nación, a propósito de que el hecho se trató de un hurto y no de un atentado sicarial, no facilitaría establecer cuáles son los autores intelectuales del hecho.
“En las dos audiencias de imputación (llevadas a cabo en el Palacio de Justicia de Cali) se ha dicho que fue por robarle una cadena de oro, pero mi hermano no cargaba nada de eso, sino un escapulario de acero”, afirmó la hermana del fiscal, Carmenza Libreros.
Es decir, los allegados a la víctima piden que no se descarte que el homicidio estuvo vinculado a las investigaciones que el fiscal llevaba contra bandas criminales, una de las cuales podría haber contratado a la banda responsable del crimen, que no necesariamente es la autora intelectual.
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Otra preocupación
El abogado Élmer Montaña planteó otra preocupación. Según él, el hecho de que los capturados aceptaran los cargos de homicidio agravado; fabricación, tráfico y porte ilegal de armas y hurto calificado y agravado, les permite, de forma automática, alcanzar una reducción de pena de hasta el 50%. O sea, ya no pagarían entre 24 y 45 años de cárcel, sino entre 12 y 20 años.
Según Montaña, esto puede impedir que se conozca toda la verdad de lo ocurrido alrededor del crimen, pues los victimarios no tienen incentivos para revelarla.
“Para evitar que esto siga ocurriendo se debe aplicar una reforma al Código de Procedimiento Penal (específicamente los artículos 288 y 351) para que el agresor no reciba estos beneficios con solo aceptar los cargos imputados por la Fiscalía, sino que para acceder a ellos tenga que decir la verdad, hacer un relato detallado de lo ocurrido”, acotó Montaña.
Además, agregó que “el sistema no tiene en consideración el derecho de las víctimas a conocer la verdad. Lo que se hace es privilegiar el interés del Estado de no continuar un proceso que demandará un gasto económico. El Estado, en una mirada funcionalista, solo busca ahorrar esfuerzos para dictar una sentencia condenatoria”.
En el proceso específico de los responsables del homicidio de Alcibiades, el abogado agregó que la Fiscalía pierde de inmediato la competencia de seguir investigando a las mismas personas luego de que estas aceptaran los cargos, a no ser que el ente acusador encuentre otras razones -diferentes al hurto- que motivaron el crimen.
Respecto a la propuesta de reformar el Código para mejorar el esclarecimiento de los hechos, Víctor Flower Ortiz, juez 1 penal del circuito con funciones de conocimiento de Cali, se mostró crítico.
De acuerdo con el administrador de justicia, el esclarecimiento ya está contenido implícitamente dentro de los tres pilares del Código, que son verdad, reparación y justicia.
“Esa verdad ya está implícita cuando se dice que una de las finalidades del preacuerdo (o sea, cuando el acusado acepta que es culpable de los cargos imputados) es lograr la participación, imputación y definición de su caso, es decir, que el procesado haga parte de la construcción de la verdad procesal y tenga la posibilidad de tener un tratamiento punitivo más favorable”, explicó Ortiz.
No obstante, aseguró que el preacuerdo debe presentarse por escrito, un paso que en ocasiones es dejado de lado por los fiscales a la hora de querer generar resultados con la mayor rapidez posible.
“A veces llegan con la premura de presentar un preacuerdo, pero ni siquiera han hablado con el detenido. Así ambas partes lo vean muy simple, eso es delicadísimo, dado que eso va a establecer que se imponga una pena”, anotó el juez 1 penal del circuito.
“Todas las personas que intervenimos en un proceso penal, al igual que abogados defensores, fiscales y procuradores debemos velar por el cumplimiento de esos fines para garantizar la verdad”, agregó Ortiz.
Esta posición es muy similar a la de Raymundo Antonio Tello, abogado con magíster en Criminología, quien indicó que en vez de entrar en la polémica de reformar el Código, hay que rescatar la herramienta de principio de oportunidad, consignado en el artículo 324.
Este consiste en llevar a cabo una negociación entre la Fiscalía y el capturado para que señale a otros autores implicados, a cambio de recibir una rebaja de pena o que no le imputen todos los cargos, sino solo unos pocos, para así rebajar su sanción.
Por ejemplo, si se hubiera aplicado el principio en el caso de Alcibiades, los fiscales a cargo del proceso podrían haberle propuesto a los delincuentes que los eximirían de algunos de los cuatro cargos que les sindicaron en las dos audiencias para acceder a una rebaja en la sanción respectiva.
“Del caso del fiscal, yo podría decir que ambas partes actúan de acuerdo con la Ley, pero eso no quiere decir que ya cerró la puerta para investigar otras variantes”, aseveró el abogado Tello.
Un caso muy parecido
El asesinato del fiscal Alcibiades Libreros guarda mucha relación con otro atentado ocurrido en mayo del año pasado, aquel del que fue víctima Sigifredo López, sobreviviente del secuestro de los diputados del Valle por las Farc.
Por ejemplo, es similar que el hecho fuera establecido por la justicia como un hurto y que el pistolero accediera a rebaja de pena tras aceptar los cargos.
“En Cali hay una modalidad de atentar contra la vida y hacerlo parecer como un hurto. Esa parece ser la orden de la empresa criminal que contrata al sicario, que no puede hablar ni señalar a los implicados, porque lo pueden asesinar”, aseguró López.
Además, agregó que aunque se salvó de la muerte, algo en parte explicado al contar con un escolta (lo que no tenía Alcibiades), aún al día de hoy se siente amenazado de ser víctima de otro atentado.