La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena por 40 años contra el coronel del ejército Edilberto Sánchez Rubiano y los demás uniformados, como coautores del delito de desaparición forzada en la toma y retoma al Palacio de Justicia en 1985.
Esta decisión también aplica al mayor Óscar William Vásquez Rodríguez y los sargentos Ferney Ulmardin Causayá Peña, Antonio Rubay Jiménez Gómez y Luis Fernando Nieto Velandia, quienes habrían solicitado impugnación el pasado 13 de octubre de 2021 contra la sentencia impuesta.
El alto tribunal confirmó la sentencia, tras hallarlos responsables de la desaparición forzada de Irma Franco Pineda, Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández, luego que salieron con vida y custodiados por el Ejército Nacional durante la toma y retoma del Palacio de Justicia, ocurridas entre el 6 y 7 de noviembre de 1985.
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“Se demostró que la desaparición de Irma Franco Pineda, Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández, fue forjada desde el momento en que se implementó el operativo”, expresa el fallo.
La Corte también determinó que estaba demostrado que la tres personas que eran trabajadores de la cafetería del Palacio de Justicia “fueron catalogadas como sospechosas del hecho y remitidas del segundo piso de la Casa del Florero, a guarniciones militares y policivas, con el propósito de demostrar que aún, luego de la salida de la Casa del Florero, los desaparecidos continuaron bajo el control del grupo de inteligencia a cargo de coronel Sánchez Rubiano”.
Otros testigos también se dieron cuenta que eran trasladados en esas mismas instalaciones militares de interrogatorios a personas, bajo la aplicación de métodos no convencionales que incluían agresiones físicas y verbales.
Esto mismo lo reconoció el hoy condenado, mayor Vásquez Rodríguez, al asegurar que “retenidos de cualquier índole eran conducidos a la Escuela de Caballería, con el propósito de ser sometidos a interrogatorios”.
Sobre los demás involucrados, se determinó que Causayá Peña, Nieto Velandia y Jiménez Gómez se ubicaron en el primer piso de la Casa del Florero para desarrollar la tarea de adelantar labores de inteligencia e interrogatorios, que le permitieran verificar si el ingresado al lugar pertenecía a la agrupación o colaboró con la misma en el ingreso al Palacio de Justicia, lo que, se infiere necesario, sucedió con Irma Franco, Carlos Rodríguez y Bernardo Beltrán.
Sobre el paradero de Irma Franco, la Corte determinó que “la interceptación de una comunicación radial efectuada entre los coroneles Carlos Sadovnik Sánchez (Arcano 5) y Edilberto Sánchez Rubiano (Arcano 2), dio cuenta de que no había camino distinto que proceder con su desaparición, justo cuando se encontraba retenida por el grupo de inteligencia B-2”.
En el caso de Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández, se determinó que “fueron conducidos, sin lesiones, a la Casa del Florero y, posteriormente, llevados a la Escuela de Caballería por orden de Plazas Vega, donde se les sometió a torturas, durante cuatro días aproximadamente, a causa de las cuales se produjo su deceso”.
Esta decisión se suma a la tomada en horas de la tarde de hoy jueves por la JEP, al expulsar al general retirado Jesús Armando Arias Cabrales, al determinar que no tuvo como propósito alguno esclarecer un mínimo de verdad de los hechos por los cuales ya fue determinada su responsabilidad penal y las acciones por repeler las acciones del extinto grupo guerrillero M-19.