El Consejo de Estado se abstuvo de resolver una demanda de pérdida de investidura por ausencias que tuvo como congresista contra el presidente de la República, Gustavo Petro.

El alto tribunal determinó que cuando Petro se posesionó como presidente, el Consejo de Estado perdió la competencia para pronunciarse sobre hechos ocurridos cuando actuaba como congresista.

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El proceso judicial fue iniciado en mayo de 2022 por un ciudadano que solicitaba la pérdida de investidura de Petro por no asistir a varias sesiones plenarias donde se votaron proyectos de ley, de reforma constitucional o de moción de censura.

Aseguró el demandante que en su etapa de congresista, Petro no asistió a las sesiones y tampoco presentó alguna excusa de fuerza mayor.

Según determinó el Consejo de Estado, la Constitución política otorgó al Presidente de la República, un fuero constitucional especial” y por tanto ese tribunal pierde competencia para resolver la demanda presentada.

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“La Constitución no asignó a esta corporación la competencia para investigar y juzgar al presidente de la República, por ninguna conducta sancionable, cometida por este antes o después de su elección o posesión en el cargo”, expresó el fallo.

Igualmente, señaló que, según determina la Constitución que “cuando se trata de conductas punibles imputadas al Presidente, las autoridades competentes para su investigación y juzgamiento son exclusivamente el Congreso de la República y la Corte Suprema de Justicia”.