Este sábado, tras el fallecimiento de la senadora Piedad Córdoba en su ciudad natal Medellín, se ha abierto la discusión en el país sobre quién ocupará de ahora en adelante su curul que ocupaba en el senado desde el 20 de julio del 2022 por la coalición de gobierno, Pacto Histórico.

El artículo 134 de la Constitución Política de Colombia, que fue modificado por el Acto Legislativo 01 del 2009, indica que: “Los miembros de las Corporaciones Públicas de elección popular no tendrán suplentes. Solo podrán ser reemplazados en caso de muerte, incapacidad física absoluta para el ejercicio del cargo, declaración de nulidad de la elección, renuncia justificada, y aceptada por la respectiva Corporación, sanción disciplinaria consistente en destitución, pérdida de investidura, condena penal o medida de aseguramiento por delitos distintos a las relacionadas con pertenencia, promoción o financiación a/o por grupos armados ilegales, de narcotráfico, delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad o cuando el miembro de una Corporación pública decida presentarse por un partido distinto según lo planteado en el Parágrafo Transitorio primero del artículo 107 de la Constitución Política”.

Y subraya que: “En tales casos, el titular será reemplazado por el candidato no elegido que, según el orden de inscripción o votación obtenida, le siga en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral”.

El artículo 134 de la Constitución Política de Colombia señala que una curul en el Senado sí puede ser reemplazada en caso de fallecimiento. | Foto: traveler1116

Cabe recordar que la lista cerrada del movimiento de izquierda que el 13 de marzo del 2022 logró 2,8 millones de votos y el derecho a 20 curules en el Senado, las cuales han tenido movimientos en el último año, hay un caso que tiene pendiente que aún está por resolverse.

La razón es que en el más reciente fallo de doble militancia que emitió el Consejo de Estado en contra de los militantes del Pacto Histórico terminó dejando sin credencial de senador al caleño Alexánder López Maya.

En la actualidad hay justificaciones jurídicas, como los recursos que está radicando Alexander López Maya en el Consejo de Estado con el fin de intentar tumbar la decisión que lo dejó por fuera del Congreso. | Foto: Guillermo Torres Reina

De acuerdo con la lista cerrada del proyecto político que llevó al presidente Petro al ejecutivo, la persona llamada a asumir esa curul sería el caucano Ferney Silva Idrobo, sin embargo, ese paso aún no se ha oficializado. En la actualidad hay justificaciones jurídicas, como los recursos que está radicando López Maya en el Consejo de Estado con el fin de intentar tumbar la decisión que lo dejó por fuera del Congreso.

Teniendo en cuenta lo anterior, si Silva asume la curul de López, el siguiente en la lista cerrada del petrismo es el actual viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio de Trabajo, Edwin Palma, quien, en teoría, sería el encargado de ocupar la silla que hoy dejó Córdoba y, para que se lleve a cabo, debería renunciar a su cargo en el Ejecutivo.

El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio de Trabajo, Edwin Palma, sería el encargado de ocupar la silla que hoy dejó Piedad Córdoba en caso de renunciar a su cargo en el Ejecutivo. | Foto: Semana

Pero en caso de que Palma no renuncie al viceministerio, el otro nombre que continúa en la plancha cerrada es el de Sonia Bernal. Asimismo, en el caso de que Alexander López quede absuelto del fallo de doble militancia del Consejo Estado, Silva Idrobo tomaría la curul de la antioqueña que hoy falleció a los 68 años.

Por lo tanto, hasta cuando no se defina la suerte de la curul que López Maya perdió a instancias del Consejo de Estado por doble militancia, no es del todo claro quién asumiría la silla legislativa que queda libre con el fallecimiento de Piedad Córdoba.