En la tarde de este jueves se conoció un fallo firmado por la magistrada Gloria María Gómez, de la sección Quinta del Consejo de Estado, por medio de la cual revoca la personería jurídica del partido ‘En Marcha’ del exministro del Interior, Juan Fernando Cristo. El documento indica que la decisión de la magistrada es irrevocable, por lo tanto, no podrá volver a entregar avales para próximas elecciones.

El documento indica que la decisión de la magistrada es irrevocable, por lo tanto, el partido del exministro Juan Fernando Cristo no podrá volver a entregar avales para próximas elecciones.

“Declarar la nulidad de las resoluciones 5527 del 15 de diciembre de 2022 y 1929 del 8 de marzo de 2023, expedidas por el Consejo Nacional Electoral, por medio de las cuales se reconoció la personería jurídica al partido político En Marcha y se ordenó su inscripción en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica”, dice el fallo.

Los actos demandados, según el alto tribunal, incurrieron en las causales de nulidad de infracción de norma superior, específicamente del artículo 108 y el inciso 5º del artículo 262 de la Constitución Política, así como en falsa motivación.

A pesar de que uno de los argumentos para darle la personería jurídica era que habían hecho parte de la Coalición Centro Esperanza, en ningún momento se habría tratado un grupo significativo de ciudadanos, que tuviera una lista avalada al Congreso y alcanzara el umbral. Por lo tanto, lo que aseguraba la demanda presentada por la abogada Ximena Echavarría Cardona, dichos requisitos no se habrían cumplido.

“Se resaltó que conforme dicha norma, para hacer parte de coaliciones con el fin de presentar candidatos a corporaciones públicas, se requiere contar con personería jurídica, atributo del cual carecía la referida organización política. En consecuencia, se determinó que la autoridad demandada no atendió el parámetro objetivo que señala el artículo 108 Constitucional, dado que, ante la falta de personería jurídica de la referida organización política, aquella no podía postular candidatos al Senado de la República y, por lo tanto, no era posible verificar la existencia del apoyo ciudadano igual o superior al 3% de los votos válidamente depositados en dicha elección”, se lee en el documento.

Por otro lado, el Consejo de Estado dio a conocer que el Consejo Nacional Electoral (CNE) incurrió en falsa motivación al señalar que tres actuales senadores eran miembros de ‘En Marcha’ al momento de postular sus nombres en las elecciones legislativas del 2022. Se tratan de Gustavo Moreno, Jairo Castellanos y Guido Echeverri, quienes fueron avalados por la Alianza Social Independiente (ASI) y una vez llegaron a ocupar sus curules dijeron que hacen parte de ‘En Marcha’.

El Consejo de Estado dio a conocer que el Consejo Nacional Electoral (CNE) incurrió en falsa motivación al señalar que tres actuales senadores eran miembros de ‘En Marcha’ al momento de postular sus nombres en las elecciones legislativas del 2022.

Una vez que se conoció la decisión judicial, Juan Fernando Cristo se pronunció y aseguró que la respeta, pero que no la comparte e insistirá en aplicar mecanismos legales para lograr revivir la personería.

“La Sección Quinta del Consejo de Estado ha cometido una grave equivocación y una injusticia que vulnera los derechos a elegir y ser elegido de cientos de miles de simpatizantes de En Marcha que votaron por el partido en las elecciones de Congreso del 2022, autorizados por la organización electoral”, advirtió Cristo.

Además, el exfuncionario anunció que interpondrá una acción de tutela y acudirá al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, con el fin de defender sus derechos políticos.

Finalmente, es importante mencionar que a lo largo de este 2024 distintos partidos políticos han perdido su personería jurídica por parte del Consejo de Estado, como los casos de ‘Creemos’, del alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, y ‘Todos Somos Colombia’, de la senadora petrista Clara López.