Si bien la conciliación de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz se realizaría esta semana, para que esta arranque a funcionar en forma, todavía faltan al menos seis meses, teniendo en cuenta que esta reglamentación debe pasar primero por la revisión de la Corte Constitucional.

Y en la Corte Constitucional el panorama es el siguiente. La Corte tiene 43 expedientes de paz (8 reformas y leyes y 35 decretos), de los cuales ha fallado 26: dos reformas constitucionales (La JEP y el Blindaje jurídico), la ley que avaló las vocerías de las Farc en el Congreso y 23 decretos de paz.

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La Corte todavía debe fallar la Ley de Amnistía e indulto (Ley 1820 de 2016), cuyo estudio estaba suspendido hasta que saliera la decisión sobre la reforma que creó a la JEP; el Estatuto de Oposición, que está ya en debate en la Sala Plena; y la reforma que permite a las Farc tener partido político y le asigna curules (Acto Legislativo 93 de 2017).

Igualmente, hace falta fallar la Ley 1865 de 2017, que permite la ampliación de la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección para la implementación del Acuerdo de Paz firmado con las Farc y el Acto Legislativo 04 de este año, que reforma al sistema de las regalías y asegura recursos para financiar los proyectos necesarios en el posconflicto.

A esta larga lista de tareas para la Corte Constitucional, se suma que todavía hace falta fallar doce decretos de paz, entre ellos varios que estaban suspendidos por el estudio de la reforma de la JEP, como el que regula la Ley de Amnistía, la reglamentación de la Comisión de la Verdad y de la Unidad de Búsqueda de Desaparecidos, el decreto que establece un tratamiento especial para miembros de la Fuerza Pública, el que permite poner habeas corpus por demoras en la aplicación de la Ley de Amnistía; y el decreto que modifica la Fiscalía para el postconflicto y crea la unidad contra el paramilitarismo.

En este caso, la Corte decidió que debía suspender el estudio de estos decretos mientras salía la decisión marco sobre el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición y así poder fallar de manera integral todas estas normas, con independencia del orden de llegada.

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Ahora, con el aval de la Corte a este sistema y a la JEP, la Corte buscará recuperar el ritmo y fallar estos expedientes lo más pronto posible. De hecho, se pudo establecer que la magistrada Diana Fajardo, ponente en la Ley de Amnistía, radicará esta semana ponencia, con la pretensión de que la decisión salga en la última sala plena del año, que podría coincidir con el inicio de la vacancia judicial, el 20 de diciembre.

Con este panorama, si la Corte asume conocimiento del proyecto de ley estatutaria de la JEP antes de la vacancia, el proceso de recolección de pruebas, la audiencia pública que seguramente se convocará y el estudio del caso podría tardar al menos cinco meses.

Un indicador al respecto son los tiempos que la Corte ha tenido en decisiones anteriores.

Por ejemplo, la reforma de la JEP llegó el 5 de abril y fue fallada el 14 de noviembre, esto es seis meses después.

El blindaje jurídico llegó el 12 de mayo y la decisión salió el 11 de octubre, cinco meses después. Y, el Estatuto de Oposición, que también es una ley estatutaria, llegó el 3 de mayo y al 28 de noviembre no ha sido fallada, es decir, más de seis meses después.