La Sección Segunda del Consejo de Estado le ordenó a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que en un termino no mayor a 10 días elabore un plan de acción para superar el estado de represamiento actual en el reparto de asuntos y proceder a la solución de las peticiones a cargo de la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP.

La determinación del alto tribunal se registró luego del estudio de una acción de habeas corpus interpuesta por Tito Barrios Fonseca, quien en 2013 fue condenado por el delito de rebelión. El hombre, que estaba recluido en la cárcel Picota de Bogotá, solicitó su libertad, pero esta fue negada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

La providencia aseguró que el trámite hecho por la defensa del hoy condenado se llevó a cabo el pasado 6 de diciembre ante el Juzgado 21 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y este lo remitió a la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP el mismo día, y fue asignado internamente a esa Sala el 18 de diciembre siguiente.

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Pero lo que explicó la Sección es que hasta la fecha no ha sido resuelta la petición y aún está pendiente de reparto entre sus magistrados. "Esta información fue actualizada por orden de este despacho de segunda instancia y se corroboró que actualmente el trámite se encuentra en el mismo estado ante la JEP".

Así las cosas, para el Consejo de Estado "es evidente que se han sobrepasado los términos legalmente establecidos para resolver sobre el beneficio solicitado. Estos vencían el 21 de diciembre de 2018 porque el mismo 6 de diciembre se radicó el trámite en la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP".

Bajo ese entendido, lo que busca el alto tribunal es que el plan priorice el reparto de las peticiones sobre beneficios de libertad no solo a los excombatientes de las Farc sino a todos los comparecientes a la justicia transicional.

Del mismo modo, la Sección confirmó que le solicitará al procurador General, Fernando Carrillo, que designe un funcionario de la entidad "para que haga un seguimiento a la situación que ha sido constatada en el trámite de este amparo constitucional".