En la capital del país se imparten más de dos mil comparendos al día, según cifras de Bogotá Cómo Vamos. Sin embargo, muchas de estas multas no son notificadas a tiempo y el ciudadano no se entera de que fue castigado económicamente.
Por ejemplo, en una vía que la máxima velocidad establecida esté en 50 kilómetros por hora y una persona vaya a 55, las cámaras salva vidas tomarán la fotografía y esta se enviará al conductor junto con el comparendo. No obstante, muchas de estas notificaciones no llegan y después de un tiempo el conductor no tendrá la obligación de pagar la multa correspondiente.
Teniendo en cuenta este contexto, surge entre los conductores la pregunta: ¿al cuánto tiempo se vence una multa de tránsito en Colombia?
El Ministerio de Transporte explicó que si en un plazo de tres años después de que se cometiera una infracción de tránsito, la autoridad de movilidad del lugar donde se cometió la falta no realiza el cobro de la multa, esta prescribirá y no podrá cobrarse.
De otro lado, el concepto señala que hay que notificar al conductor de la falta cometida dentro de los cinco días hábiles siguientes o ya será absuelta. En esa situación, después de 30 días calendario de la presunta falta, la autoridad de tránsito sigue el proceso, entendiéndose que la persona está vinculada a este, algo que se debe comunicar en un fallo tras una audiencia pública.
La cartera de Transporte también dijo que el término para la prescripción se interrumpe con la notificación del mandamiento de pago, este debe notificarse personalmente al deudor en diez días, y si vencido ese tiempo la persona no comparece, el mandamiento de pago se notifica por correo.
Asimismo, se detiene el plazo cuando se otorgan facilidades de pago por la admisión de la solicitud de concordato, o por la declaratoria oficial de la liquidación forzosa administrativa. Tras la interrupción para el tiempo de prescripción, dijo el Ministerio, el tiempo de tres años volverá a empezar de cero desde el día siguiente a la notificación de la orden de pago.
Por otro lado, también señaló que si se incumple un acuerdo de pago sobre una multa, es decir, si el beneficiario deja de pagar alguna de las cuotas o incumple el pago acordado, las autoridades de tránsito pueden dejar sin efecto la facilidad para el pago, dejarlo sin vigencia el plazo concedido, y efectuar el cobro.
¿Cuánto cuestan las multas de tránsito en Colombia?
- Multa por conducir un vehículo sin portar licencia de conducción: ocho salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que en 2023 equivale a 309.336 pesos.
- Multa por estacionar un vehículo en sitios no permitidos: 15 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 580.000 pesos.
- Multa por no utilizar el cinturón de seguridad: 15 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 580.000 pesos.
- Multa por conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida: 15 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 580.000 pesos.
- Multa por no portar el SOAT: 30 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 1′160.000 pesos.
- Multa por no realizar la revisión técnico-mecánica del vehículo: 15 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 580.000 pesos.
- Multa por utilizar sistemas móviles de comunicación o teléfonos al momento de conducir: 15 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 580.000 pesos.
- Multa por transitar en contra vía: 30 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 1′160.000 pesos.
- Multa por no detenerse ante la luz roja del semáforo o una señal de Pare: 30 SMLDV, lo que en 2023 equivale a 1′160.000 pesos.
- Multa por conducir en estado de embriaguez: Las multas van desde los 90 SMLDV (con grado 0 y primera reincidencia) hasta los 1440 SMLDV (con grado 3 y tercera reincidencia). Es decir, entre 3′480.000 y 55′680.480 pesos para la vigencia 2023.
Cabe destacar que si se hace el curso pedagógico dentro de las fechas establecidas, puede recibir hasta un 50 % de descuento en el costo de la multa.