En Colombia hay demasiadas razones por las que un agente de tránsito o una cámara de seguridad pueden poner una multa. Dentro de las diferentes multas se encuentran las del Pico y Placa, exceder los límites de velocidad, parquear en un sitio prohibido y más. De igual manera, hay una situación que muchos conductores están cayendo en el error y no tienen en cuenta de que esta también es sancionable ante el Código Nacional de Tránsito.
No poner los direccionales al momento de hacer una curva puede generar sanciones duras a nivel económico. Si un Policía de tránsito o una cámara lo sorprende, las personas no se deben extrañar cuando lleguen las respectivas multas. Estas situaciones se dan cuando las personas cambian de carril, voltean, dan un giro en U y demás sin prender las luces que indiquen el movimiento a la otra persona.
Pues como es muy claro, la función principal del mismo es avisarle a los demás conductores cuál va a ser el camino para evitar un accidente de tránsito. El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito explica que este tipo de acción está dentro del grupo C de multas, por lo que si una persona da una vuelta sin alertar con los direccionales con el tiempo de anticipación necesario, esta deberá pagar una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.
Es decir, no poner los direccionales antes de una curva representará unos $580.000 pesos colombianos para el año 2023. De igual manera, el Código Nacional de Tránsito agregó que la distancia mínima para avisarle al resto de actores víales que se va a hacer un giro es “en carreteras o vías rápidas, la indicación intermitente de la señal direccional deberá ponerse por lo menos con sesenta (60) metros de antelación al giro, y en zonas urbanas, por lo menos con treinta (30) metros de antelación”.
De igual manera, la norma explicó que si se presenta una situación de emergencia y es imposible usar las luces a tiempo, también se pueden utilizar los brazos como referencia que se va a hacer un giro. Lo importante es siempre avisar y dejar en prevención a los demás actores viales para evitar un choque, accidentes graves de tránsitos y demás circunstancias que involucren a los demás vehículos y a los peatones en las carreteras.
Es importante destacar que esta infracción se encuentra dentro del grupo C, donde están la mayoría de las multas de tránsito en el territorio colombiano. Algunas de las que más se cometen son las siguientes:
- Estacionar el vehículo en sitios prohibidos (calles, aceras, autopistas y demás).
- Bloquear una calzada o una intersección.
- Manejar con una licencia de conducción vencida o adulterada.
- No utilizar el cinturón de seguridad.
- Conducir el vehículo con una o varias puertas abiertas.
Por lo pronto, lo que se espera con todo esto es que los actores viales estén más prevenidos y tengan todo en cuenta al momento de cuidar al otro en la vía. Evitar accidentes es muy importante para preservar la vida de las personas, esto teniendo en cuenta que en la mayoría de los casos, además de los conductores, los más afectados son los peatones, quienes están en el momento de las colisiones o imprudencias de los conductores a cargo de sus vehículos.
Todo ha quedado especificado en el Código Nacional de Tránsito, por lo que los pasos a seguir es prevenir, avisar y no caer en el error en estas reglas en las avenidas y calles de las diferentes ciudades del país. Manejar con cuidado respeto será un factor importante en estos momentos en las principales vías del país para evitar desastres.