Cali
Así rotará el pico y placa en Cali este viernes 9 de junio
La restricción opera por 14 horas continuas de lunes a viernes, desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m.
En la capital del Valle del Cauca rige la medida del pico y placa de lunes a viernes. Esta medida fue decretada por la Secretaría de Movilidad de Cali a principios de este año, con el objetivo específico de descongestionar las vías y mejorar la movilidad de los conductores y pasajeros.
Cabe recordar que en la Sucursal del Cielo, la medida opera por 14 horas continuas de lunes a viernes desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m., mediante el decreto 4112.010.20.0019 de 2023.
Actualmente, el pico y placa funciona en la capital del Valle del Cauca de lunes a viernes de la siguiente manera:
Lunes: 3 y 4.
Martes: 5 y 6.
Miércoles: 7 y 8.
Jueves: 9 y 0.
Viernes: 1 y 2.
Teniendo en cuenta esto, el pico y placa en Cali para este viernes 9 de junio de 2023 aplica para los vehículos particulares con las matrículas terminadas en dígitos 1 y 2.
Recuerda 👇
— Secretaría de Movilidad de Cali (@MovilidadCali) June 5, 2023
El decreto de Pico y Placa expedido para este año establece que la medida aplica entre el 16 de ENERO y el 30 de JUNIO de la siguiente manera. ⬇️⬇️⬇️#CaliTeQuiere💙❤️💚@AlcaldiaDeCali @JorgeIvanOspina pic.twitter.com/CXUm8sktPW
¿Cuándo rotará el pico y placa en Cali?
Tal y como lo establece el decreto firmado en el mes de enero de este año, el pico y placa del primer semestre se mantiene sin variación hasta el próximo 30 de junio, pero al día siguiente, es decir el primero de julio, presentará una rotación que se extenderá hasta el día 29 de diciembre del mismo año.
Teniendo en cuenta esto, la medida del pico y placa en Cali rotará el primero de julio y quedará de la siguiente manera:
Lunes: 1 y 2.
Martes: 3 y 4.
Miércoles: 5 y 6.
Jueves: 7 y 8.
Viernes: 9 y 0.
Excepciones a esta medida
De acuerdo con el decreto del pico y placa, los vehículos que estarán exentos de la medida restrictiva son las motocicletas y los taxis; sin embargo, esta decisión podría cambiar en el transcurso del año, sí se requiere por las autoridades. De igual forma, en el listado también están las personas que tienen movilidad reducida que están debidamente acreditadas y carnetizadas.
Tenga en cuenta que el pico y placa tiene algunas excepciones:
- Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas, según su licencia de tránsito.
- Los vehículos oficiales.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el acuerdo municipal 0401 de 2016 o la norma que lo modifique.
- Las motocicletas.
La restricción del pico y placa tampoco aplicará para los vehículos de las Fuerzas Militares, las caravanas del presidente de la República y sus ministros, del alcalde y la gobernadora, así como los carros con placas oficiales y los vehículos híbridos o eléctricos.
“Para efectos de acreditación de los vehículos exentos de la prohibición de pico y placa, debe radicarse una solicitud dirigida a la Secretaría de Movilidad de Cali y cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en el decreto 4112.010.20.497 del 01 de julio de 2021 y los respectivos actos administrativos que adicionen o modifiquen su contenido”, explica el decreto.
Sanciones y multas
Las autoridades informaron que sí no se cumple con la medida del pico y placa, podría ser sancionado con una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes, aproximadamente $580.000 pesos.
La persona es sancionado “de acuerdo con lo establecido en el inciso 14 del literal C) del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por la Ley 1383 de 2010 y codificado bajo la Resolución n.° 3027 de 2010 expedida por el Ministerio de Transporte”, señala el decreto.