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Los exjefes de la extinta guerrilla de las Farc, ante la Justicia Especial para la Paz, JEP. | Foto: JEP

FARC

Entre 5 y 8 años, la sanción que la JEP tendría para los exjefes de las Farc por secuestro

Según la Jurisdicción Especial para la Paz, el exsecretariado de la extinta guerrilla de las Farc habría cumplido con entregar verdad detallada y exhaustiva sobre secuestros.

25 de noviembre de 2022 Por: Redacción de El País

La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, dio a conocer la resolución con las conclusiones de las versiones sobre el caso 01 o secuestro, que fueron entregadas por el secretariado de la extinta guerrilla de las Farc.

Al respecto, la JEP detalló que los miembros del exsecretariado de las Farc sí cumplieron y entregaron la verdad detallada y exhaustiva sobre los secuestros. Así entonces, la Sala concluyó que Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar reconocieron su responsabilidad por los por crímenes de guerra y lesa humanidad imputados en el Caso 01.

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De esta manera, la Sala estableció que los componentes fáctico, jurídico y restaurativo del reconocimiento hecho por cada uno de los siete comparecientes sí fueron suficientes para remitir a la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz.

Por lo cual, el documento sugiere la posibilidad de emitir la máxima sanción que permite la norma que es de ocho años para los exmiembros de la cúpula del grupo guerrillero; sin embargo, este indica que para el caso de Rodrigo Granda, se recomiendan cinco años porque él no tuvo mando sobre la tropa por las funciones que cumplía y, además, no tenía responsabilidad de mando.Estas sanciones deberán ser verificadas y monitoreadas por Naciones Unidas.

La audiencia de reconocimiento a la que hace referencia la JEP fue realizada en junio de 2022, ante las víctimas, la Jurisdicción y el país. En esta, los siete comparecientes asumieron, no solo de manera individual sino también colectiva, su responsabilidad como coautores de toma de rehenes, graves privaciones de la libertad, y homicidios.

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En la mencionada audiencia, los siete exmiembros de las Farc también aceptaron la responsabilidad de mando de cada uno, según su trayectoria, por los crímenes de guerra de torturas, tratos crueles y otros tratos inhumanos, atentados a la dignidad personal, violencia sexual y desplazamiento forzado que fueron realizados por este grupo guerrillero contra los secuestrados.

El paso a seguir ahora es que la Sección deberá evaluar cuáles serán las sanciones que se impondrán a cada uno de los siete exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc y definir tanto su contenido reparador y restaurador, así como su contenido de restricción no carcelaria de libertades y derechos.

¿Cómo se aplicarían las sanciones?

El siguiente paso en este proceso es la imposición de las sanciones propias por parte del Tribunal para la Paz. Este deberá evaluar cuáles serán las sanciones que impondrá a los siete exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc y definir tanto su contenido reparador y restaurador como su contenido de restricción no carcelaria de libertades y derechos.

En este sentido la Sala de Reconocimiento aprobó los proyectos restaurativos-reparadores presentados por los comparecientes: trabajos de desminado humanitario, búsqueda de personas dadas por desaparecidas, restauración ambiental del páramo de Sumapaz, y actividades transversales de dignificación de la memoria de las víctimas. 

Acción Integral Contra Minas: 

La Sala determinó que este proyecto cumple con los requisitos de sanción propia debido a que, como lo establece la Ley Estatutaria, implica una “limpieza y erradicación de restos explosivos de guerra”. La Sala ya había recibido cinco propuestas en las que las víctimas consideraron el desminado como una actividad que podría plantearse como sanción a los comparecientes.

Búsqueda de personas dadas por desaparecidas:

La Sala recibió 21 propuestas formuladas por las víctimas que solicitan acciones encaminadas a la búsqueda de secuestrados que están desaparecidos. La Sala consideró que este proyecto cumple con el propósito reparador y restaurador, y puede ser considerado por el Tribunal para la Paz como una sanción.

En este proyecto, los comparecientes plantean acciones permanentes encaminadas a la búsqueda de personas desaparecidas, con actividades como la reconstrucción de zonas campamentarias que permitan identificar polígonos de búsqueda, así como acciones de carácter simbólico, que lo diferencian del aporte que deben hacer ante la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).

Los exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc-EP proponen hacer una cartografía nacional y regional sobre sitios de posible enterramiento, que consiste en recorrer con excombatientes las zonas de los antiguos bloques.

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Suma-Paz: Reconocimiento del medio ambiente como víctima:

La Sala determinó que este proyecto puede ser considerado como una sanción propia debido a su alto contenido reparador con programas de protección medio ambiental, que van en coherencia con los fines del Acuerdo de Paz. La Sala explicó que el proyecto corresponde a las solicitudes hechas por las víctimas de la realización de obras en beneficio de las comunidades afectadas por el conflicto.

Componente transversal de memoria y reparación simbólica:

En este proyecto, los comparecientes propusieron la realización de un libro y un audiolibro construido directamente con las víctimas y sus familiares, en el que relaten el antes, durante y después de los secuestros, con la implementación del enfoque de género.

Además, propusieron hacer ‘Pedagogía de la memoria transformativa’, dictando cursos sobre el conflicto armado y los daños ocasionados. También quieren hacer un monumento con nombres de personas secuestradas durante los periodos priorizados por la Sala de Reconocimiento.

¿Podrán participar en política?

Sobre este punto la sala dice que debe ser el Tribunal de Paz quien debe tomar la decisión sobre la participación en política de los comparecientes mientras estén cumpliendo la sanción propia.


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