Colombia
Ojo, esta es la multa que puede pagar por no asistir para ser jurado de votación
Las elecciones regionales para elegir los alcaldes y alcaldesas de las ciudades y municipios será dentro de 23 días.
Ya se acercan las alecciones regionales, para dar inicio a un nuevo gobierno en las alcaldías de Colombia, así como los candidatos, la Registraduría General de Nación ya se encuentra realizando todos los preparativos para unas votaciones transparentes, es por eso que la entidad gubernamental ha anunciado que tantos funcionarios públicos, empleados de empresas privadas, estudiantes de educación superior mayores de 18 años y miembros de partidos y movimientos políticos podrán ser designados como jurados de votación. Esta labor es de carácter obligatorio, y no cumplirla puede resultar en sanciones.
Según el calendario electoral, el proceso de designación de jurados de votación comenzó con la conformación de listas de personas elegibles para prestar este servicio, solicitando a entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos que proporcionaran dichos listados antes del 31 de julio.
La fecha límite para el sorteo y la publicación de las listas de jurados de votación está programada para el 14 de octubre, 15 días antes de las elecciones. De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral de Colombia, el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación, lo que significa que los seleccionados están obligados a cumplir con esta responsabilidad cívica.
Para aquellos designados como jurados de votación que no asistan a desempeñar sus funciones sin una justa causa, la Registraduría ha establecido sanciones. Si el jurado de votación es un servidor público, se arriesga a la destitución de su cargo. En el caso de que el jurado no sea un servidor público, se le impondrá una multa que podría alcanzar hasta diez (10) salarios mínimos legales vigentes.
Sin embargo, existen cinco causales de exoneración que permitirían a las personas designadas no prestar el servicio de jurado de votación:
- Grave enfermedad del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo.
- Muerte del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores a la elección.
- No ser residente en el lugar donde fue designado como jurado.
- Ser menor de 18 años.
- Haberse inscrito y votado en otro municipio.
¿Cómo saber si soy jurado de votación?
Lo que se debe tener en cuenta es que pese a revisar en días anteriores al 14 de octubre, solo ese día se podrá saber si la persona será jurado o no. Pues en ocasiones, en los últimos días, muchas personas son asignadas a esta responsabilidad electoral. En los días previos se irán conociendo más actualizaciones sobre el personal que estará en las mesas para recibir los votos de todos los colombianos. Los pasos que un ciudadano debe seguir para saber si es jurado de votación son los siguientes:
- Ingresar a www.registraduria.gov.co o también se puede descargar la aplicación de las elecciones Colombia 2023 desde cualquier dispositivo móvil.
- Dar clic en el botón que dice “Jurados de Votación”.
- Digitar el número de cédula.
- En caso de que ya haya sido elegido, se deberá guardar la información del puesto de votación y mesa designada.
Ejercer el rol de jurado de votación representa un acto de compromiso con los principios democráticos por parte de los ciudadanos. Este papel es esencial para asegurar el éxito y la transparencia de las elecciones regionales, como las programadas para el próximo 29 de octubre.
De acuerdo con el artículo 108 del Código Electoral, se han establecido “causales para la exoneración de las sanciones” aplicables a los ciudadanos que no puedan cumplir con su función como jurados de votación, lo que permite cierta flexibilidad en casos justificados que impidan su participación.
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