Colombia
PEP-Tutor: Familiares de menores venezolanos en Colombia podrían regularizar su situación migratoria: ¿cuáles son los requisitos?
Esta medida se enmarca dentro de la política migratoria de acogida y regularización de migrantes en Colombia. El anunció lo hizo la Cancillería.
El canciller, Luis Gilberto Murillo, presentó este martes el Permiso Especial de Permanencia para Representantes Legales o Custodios de niños, niñas y adolescentes, conocido como PEP-Tutor. Esta medida se enmarca dentro de la política migratoria de acogida y regularización de migrantes en Colombia.
Durante su intervención, el canciller Murillo indicó que esta nueva normativa tiene como finalidad permitir que los tutores o representantes legales de menores de edad venezolanos que residen en el país puedan regularizar su situación migratoria.
“Desde el Ministerio de Relaciones Exteriores expedimos el Decreto 1209 de 2024, mediante este decreto se crea el PEP-Tutor”, afirmó el funcionario.
Murillo destacó que el PEP-Tutor busca una mejor integración de los migrantes en la sociedad colombiana, permitiendo que los custodios de más de 270.000 niños, niñas y adolescentes venezolanos, quienes ya cuentan con un permiso de protección temporal, puedan permanecer en el país de manera legal.
La implementación de esta medida comenzará en un plazo de tres meses, brindando así una oportunidad para que estos representantes regularicen su situación. Migración Colombia aseguró que está ultimando detalles para su puesta en marcha. Ese documento tendrá vigencia hasta el 30 de mayo de 2031.
La Cancillería subrayó la importancia de esta iniciativa, que no solo facilita la permanencia legal de los tutores, sino que también contribuye al bienestar de los menores en el país.
¿Cuáles son los requisitos?
De acuerdo con el nuevo decreto, la expedición del PEP-TUTOR estará a cargo de Migración Colombia. Los requisitos mínimos para aplicar a la obtención de este permiso son: ser representante legal o custodio de niñas, niños y/o adolescentes titulares de un PPT vigente al 31 de diciembre de 2023, no tener en su contra alguna medida de expulsión, deportación o sanción económica vigente y no ser titular de un PPT o de un visado vigente en cualquier clase o categoría.
*Con información de Colprensa y redacción de El País.
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