IVÁN DUQUE
Sector privado podrá adquirir vacunas contra el covid-19, estas son las condiciones
El Gobierno Nacional expidió la resolución 507, en la cual se especifican los lineamientos que deberán cumplir los privados que deseen comprar los biológicos.
El sector privado podrá iniciar la adquisición de vacunas contra el covid-19 a partir de este miércoles, confirmó este martes el presidente Iván Duque en su programa diario 'Prevención y Acción'.
"Después de varias mesas de trabajo hemos sacado adelante la resolución 507 del Ministerio de Salud que habilita la compra de contribución del sector privado al Plan Nacional de Vacunación", indicó el mandatario.
Duque, sin embargo, enfatizó que los privados que deseen adquirir y aplicar estos biológicos deberán cumplir con ciertos lineamientos.
"Primero, solamente se podrán adquirir vacunas que tengan la autorización por parte del Invima para uso de emergencia. Segundo, las vacunas no podrán ser vendidas, serán de aplicación gratuita. Tercero, tendrá que ser en consonancia y concordancia con el Plan Nacional de Vacunación. Cuarto, deberá soportarse en una logística que esté debidamente presentada en términos de refrigeración y aplicación", explicó Duque.
Y enfatizó en que la aplicación de vacunas por parte de privados "no podrá distraer recursos humanos que estén en el Plan Nacional de Vacunación, que es generalizado para toda la población; es decir, se tendrá que fortalecer el recurso humano adicional con el cual se contará para la aplicación de esas vacunas para que no choque con el personal que está adelantando el plan nacional".
El jefe de Estado también subrayó que la compra de estos biológicos solamente podrá hacerse a través de la casa matriz de la farmacéutica o a través de distribuidores autorizados por parte del Invima.
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Por su parte, el ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez, destacó que la resolución 507 responde a "todo un ámbito de discusión, de concertación, que hemos tenido con el sector privado en dos mesas de trabajo donde se presentaron más de 300 comentarios y consideraciones, que fueron analizados para llegar a este esquema regulatorio".
Explicó además que "los privados deben asumir los costos de la adquisición de las vacunas y su importación, asumir las condiciones negociadas en la importación y garantizar el cumplimiento de las condiciones de manejo, almacenamiento, hasta el momento de aplicación de la vacuna".
Una vez el privado tenga los biológicos y vaya a empezar la inmunización de su personal, debe garantizar que la dosis sea aplicada en una entidad de servicios de salud habilitada en el servicio de vacunación.
"Pueden aplicar las vacunas a personas naturales que tengan con las empresas un vínculo laboral o contractual y no podrán excluir a ninguna de las personas", subrayó Ruiz Gómez.
El privado deberá garantizar que se cumpla con todos los lineamientos expedidos por las autoridades sanitarias y hacer todo el registro del proceso de vacunación en la plataforma Paiweb 2.0.
"Todos los departamentos y distritos del país pueden cumplir funciones de vigilancia, inspección y control sobre la ejecución de la vacunación por parte de privados, y el privado debe asumir toda las condiciones de contratación y negociación que tenga con aquel oferente que les provee la vacuna", añadió.
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El ministro indicó que los privados podrán iniciar la negociación para la adquisición de biológicos a partir de este miércoles, 21 de abril, de acuerdo con la resolución 507.
"La aplicación se iniciará una vez el Gobierno haya avanzado en la vacunación de las personas priorizadas en la etapa tres, o sea, una vez se haya culminado el proceso de agendamiento se podrá iniciar la vacunación por parte de privados", ahondó el funcionario.
Finalmente, apuntó que el privado deberá especificar la ruta de atención en el caso que se presenten efectos adversos en el proceso de inmunización para poder hacer la respectiva atención en el sistema general de seguridad social.
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