SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
SIC sancionó a Suzuki por $2.280 millones por violaciones al régimen de la libre competencia
La Superintendencia además comprobó que la compañía estaba realizando un control sobre los miembros de la red de distribución ocasionando que estos mismos pudieran decidir quién podría participar en los procesos de selección.
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Suzuki Motor de Colombia S.A. con una multa de $2.280.240.000 por violaciones al régimen de la libre competencia. La entidad comprobó que entre los años 2011 y 2019 la compañía limitó la participación de diferentes proponentes en procesos para la compra de motocicletas y mantenimiento preventivo.
“Esta Superintendencia sancionó a ocho personas naturales, vinculadas a la compañía y donde se encuentran altos directivos de la misma, por haber tolerado, ejecutado, facilitado, colaborado o autorizado la conducta anticompetitiva”, informó la entidad.
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Entre las personas sancionadas están el presidente actual de Suzuki en Colombia, Kenichi Umeda, al expresidente Shinobu Kataoka, y a los funcionarios de la empresa Luis Henry Duque, Juan Guillermo Pinzón, Claudia Patricia Mapura, Martín Ricardo Manjarrés, Yolanda Osorio y Mónica Sánchez.
“La Superintendencia determinó que Suzuki implementó una política empresarial que impedía, tanto a los agentes que pertenecían a su red de distribución en Colombia como a terceros comercializadores, participar de manera libre en los procesos de contratación adelantados por diferentes entidades públicas para la venta de motocicletas y el mantenimiento preventivo y correctivo con suministro de repuestos”, aseguró la entidad.
La Superintendencia además comprobó que la compañía estaba realizando un control sobre los miembros de la red de distribución ocasionando que estos mismos pudieran decidir quién podría participar en los procesos de selección. Los hechos cometidos únicamente se relacionaron con los productos y servicios de Suzuki.
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“Comprendiendo la importancia de instaurar una cultura de cumplimiento del régimen de libre competencia económica y dado que la conducta sancionada derivó de la existencia de una política empresarial, la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a Suzuki diseñar e implementar un programa de cumplimiento”, afirmó la Super.