COLOMBIA
Vocera de Causa Justa aseguró que el fallo es un avance, pero el aborto debe salir del código penal
La mujer manifestó que esta decisión beneficiará a muchas mujeres debido a que los abortos clandestinos se practicaban a menudo en el país y aunque no se cuentan con cifras oficiales, se estiman unos 400 mil al año.
Tras la histórica decisión de la Corte Constitucional de despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 24 semanas de gestación, Sandra Mazo, una de las lideresas de la demanda que inició el proceso en la Corte, manifestó su preocupación frente al panorama que se abre con el nuevo fallo legal.
La vocera del Movimiento Causa Justa y directora de la organización feminista Católicas por el Derecho a Decidir en Colombia, declaró a RCN Radio que, aunque el fallo representa un avance para los derechos de las mujeres se trata de una victoria agridulce.
“La demanda de nosotras como Movimiento Causa Justa buscaba eliminar el delito de aborto y nos preocupa que se siga viendo así. Consideramos que el tema del aborto tiene que sacarse del Código Penal y debería estar como un asunto que le compete a la salud pública”.
Sin embargo, agregó que: “creemos que avanzar a las 24 semanas es importante y sobre todo para empezar a ampliar la conversación y las garantías para las mujeres en Colombia. Además, es un hecho histórico para América Latina, somos el primer país que avanza con una normativa bastante amplia”.
Mazo manifestó que esta decisión beneficiará a muchas mujeres debido a que los abortos clandestinos se practicaban a menudo en el país y aunque no se cuentan con cifras oficiales, se estiman unos 400 mil al año.
La lideresa también explicó el panorama nacional al que se enfrentarán las mujeres: “las instituciones que se nieguen a prestar este servicio tendrán que ser sancionadas e investigadas, porque tienen que garantizar el derecho al aborto legal en las condiciones que la Corte Constitucional lo ha establecido”.
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Sin embargo, aclaró que pueden presentarse los casos en los que un médico se niegue, debido a objeciones morales, a realizar el procedimiento.
En cuyo caso la entidad prestadora del servicio de salud deberá contar con otro médico capaz de realizarlo, pues el procedimiento continúa siendo un derecho para las mujeres en Colombia.
Sobre esto, Mazo explicó que: "Si hay un médico objetor de conciencia puede hacerlo, pero tiene el deber de remitir a la mujer ante otro profesional de la salud. Eso ya está en la norma en varias sentencias y seguro este fallo va a reafirmar la normatividad en materia de objeción de conciencia”, dijo.
Además, insistió en que "la objeción de conciencia es un derecho fundamental. Los médicos que están directamente con el procedimiento pueden objetar conciencia. Es un derecho individual y no colectivo, así que las IPS y las instituciones no tienen el derecho a objetar conciencia”.
La vocera por los derechos de las mujeres concluyó su entrevista con la cadena radial asegurando que tanto ella como las mujeres que han hecho parte de este proceso esperan que: "el Congreso de la República y el Gobierno estén a la altura de este fallo, que es bastante significativo y representativo para la garantía del derecho de las mujeres”.
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