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Arranca la ofensiva para erradicar drogas de los espacios públicos de Cali

Policía podrá incautar cualquier dosis. Solo habrá judicialización cuando se exceda cantidad personal.

1 de octubre de 2018 Por: Redacción de El País - Colprensa 
Consumir drogas o bebidas alcohólicas en parques y lugares públicos es la contravención que más cometieron los caleños durante los primeros seis meses de pedagogía del Código de Policía, proceso que culminó este lunes. En total fueron 1216 personas sancionadas por esta situación. Desde hoy se le impondrá una multa de $196.720. | Foto: Raúl Palacios / El Pais

Como una medida para proteger a los niños y jóvenes de caer en la adicción a las drogas y no como una ejercicio coercitivo contra los consumidores de alucinógenos, calificó el presidente de la República Iván Duque el decreto que dio facultades a la Policía para incautar la dosis mínima en el país.

El articulado, que generó reacciones encontradas entre analistas, alcaldes y gobernadores, advierte que las autoridades pueden proceder a aplicar el decreto cuando adviertan la “posible infracción de la prohibición de la tenencia o porte de sustancias psicoactivas ilícitas como marihuana, cocaína o sustancias derivadas de la cocaína, heroína, amapola y drogas sintéticas”.

En ese sentido, Duque refirió que “no se trata de llevar a la cárcel al consumidor, se trata de quitarle la dosis y destruirla, porque esas sustancias le hacen daño a la salud pública y a los niños y son sustancias prohibidas en el espacio público. Hoy como colombianos no nos podemos sentir ni cómodos, ni complacientes, ni tolerantes con una situación de aumento del consumo en las ciudades, que es desolador porque se está comenzando a consumir drogas desde muy temprano”.

Cabe recordar que, al momento de ser requeridos por las autoridades, quienes sean dependientes de una sustancia deberán certificar esta condición para evitar el decomiso y la destrucción de la misma.

Asimismo, si la persona posee una cantidad que excede la dosis personal, será judicializada. En el caso de la marihuana, esto aplicará para quienes tengan en su poder más de 20 gramos; para marihuana hachís el castigo se hace efectivo cuando alguien tiene más de cinco gramos; entre tanto, para quien tiene cocaína o cualquier sustancia a base de este alucinógeno, la judicialización se da cuando hay más de un gramo; y en los casos de metacualona, la persona es sancionada cuando las autoridades le encuentren más de dos gramos. 

Según el Mandatario, esta medida debe ir acompañada de otras herramientas que se reglamentarán próximamente para complementar la lucha frontal contra el aumento del consumo de drogas ilícitas.

Lea también: Así operará el decreto que prohíbe portar la dosis mínima

¿Avance o retroceso?

La entrada en vigencia del decreto propició la polémica entre diversos gremios y líderes del país, dado que desde una orilla se rescata la intención de evitar que se utilice el pretexto de la dosis personal para comercializar alucinógenos en pocas cantidades; no obstante, desde otras perspectivas se insiste en que este proceso va en contra del libre desarrollo de la personalidad y lo tildan de inconstitucional.

Para el alcalde de Cali, Maurice Armitage, lo más importante es que con esta medida se empieza a controlar el acceso a los narcóticos por parte de los jóvenes.

“Colombia está pasado en quitar la dosis mínima, porque el narcotráfico, el microtráfico y el uso de todas esas sustancias han cogido demasiada fuerza entre la juventud. Mientras no tengamos la capacidad de control de las drogas, la dosis mínima hay que quitarla”, puntualizó el Mandatario caleño.

En ese mismo sentido se pronunció el vicepresidente de Asocapitales, Augusto Ramírez, quien rescató que “el hecho de que este decreto dé las herramientas a la Policía para destruir cualquier dosis de droga en las calles es una importante decisión que apoyamos categóricamente. Nuestra sociedad, jóvenes e hijos merecen un país mejor, que garantice su desarrollo”.

Sin embargo, David Racero, representante a la Cámara, indicó que la decisión del Gobierno Nacional “de quitarle cualquier tipo de droga a los jóvenes sin ningún tipo de acción afirmativa colateral, lo que va a originar es que esas mismas personas consuman y compren más drogas. Lo que se ha demostrado en la política antidrogas de los últimos 30 años en el país es que la penalización no ayuda a la disminución de consumo”.

Por su parte, Jorge Palomares, del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre, advirtió que la expedición del decreto es una afrenta contra los derechos fundamentales de los ciudadanos, dado que “la Corte Constitucional ha dicho que existe un ejercicio de libertad sobre el porte y el consumo, y la jurisprudencia ha establecido que no se puede partir sobre la sospecha sobre el ciudadano”.

Para Lina Martínez, directora del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Icesi, Polis, el que la Policía decomise la dosis personal “a los únicos que beneficia es a los expendedores, porque se va a incrementar el costo de la droga debido a que es más difícil mover las dosis. Lo complicado es cómo se va a hacer el control, porque suficientes problemas tenemos como para que se designe a las autoridades a que persigan consumidores de dosis mínima; si no se tienen mecanismos de control efectivos, eso aumenta la percepción de ineficiencia gubernamental”.

Cinco cosas básicas del decreto

El decreto expedido por el Gobierno Nacional es reglamentario al Código de Policía, que es una norma administrativa, no penal. Este dotó a la Policía de herramientas para confiscar cualquier cantidad de droga que un ciudadano porte en espacio público. Ante esto, hay cinco cosas que se deben tener en cuenta:

1. La droga puede ser incautada por la Policía en requisas o si está siendo consumida en sitios públicos.

2. Las sustancias incautadas serán llevadas a las estaciones de Policía o a los sitios dispuestos por las autoridades para este fin.

3. El consumidor podrá presentar descargos y exigir que le devuelvan lo incautado. Esto solo se podrá hacer si se demuestra, mediante un certificado médico o el testimonio de un familiar, que es adicto. De lo contrario, los estupefacientes pueden ser destruidos.

4. Quien porte o consuma alucinógenos en espacio público, se expone a una sanción de $208.000.

5. En los casos en los que la persona sea sorprendida con una cantidad superior a la dosis personal, puede ser procesada por porte y tráfico de estupefacientes.

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