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¿Cesantías a fondo privado o público?, abecé para entender beneficios y diferencias
Conozca algunas diferencias entre los fondos privados y los fondos públicos diseñados para ahorrar estos recursos de los trabajadores en Colombia.
Por esta fecha cada año alrededor de 9,5 millones de trabajadores colombianos están a la expectativa de la consignación de sus cesantías por parte de sus patronos a cualquiera de los cuatro fondos privados o al Fondo Nacional del Ahorro, FNA, que administran estos recursos.
El 14 de febrero de cada año es el plazo para que esos dineros ingresen a las entidades. Son recursos que se asimilan a un seguro contra el desempleo, cuando el trabajador queda cesante, o una opción para comprar o remodelar vivienda, e incluso para educación. Se calcula que al finalizar el 2018 había ahorrados $10,7 billones de cesantías en esos fondos.
Todos pagan una rentabilidad a los trabajadores, la cual difiere entre cada uno de ellos. En Colombia operan Porvenir, Colfondos, Protección y Old Mutual, que son privados y el Fondo Nacional del Ahorro, FNA, de manejo gubernamental.
Pero cuál le conviene más, aquí se lo explicamos.
¿Qué son las cesantías?
Cada año todo empleador está obligado a pagar a sus trabajadores, al terminar el contrato de trabajo, o no, un auxilio de cesantía equivalente a un mes de salario, o proporcionalmente por los meses laborados.
Si usted, por ejemplo, devengó $1.200.000 al mes durante el 2018, su patrono deberá consignarle esa misma suma como cesantía. Y además, abonarle en su salario el 12 % de esa suma como intereses antes del 31 de enero. En este caso serían $144.000.
¿Los fondos generan rentabilidad?
Sí. En ambos sistemas usted recibe un dinero adicional por tener ahorrada su plata por un tiempo. En los fondos privados la rentabilidad mínima (según el Artículo 101 de la Ley 1328 de 2009) deberá otorgarse con base en los portafolios en los que se invierten esos dineros.
En el portafolio de largo plazo (de más riesgo) en el periodo entre el 30 de septiembre del 2016 y el 30 de septiembre del 2018 la rentabilidad osciló entre 5,22 % y 4,10%, según el portal Rankia. Y en el portafolio de corto plazo (de bajo riesgo) el rendimiento estuvo entre 4,37 % y
3,49 %. En el FNA la rentabilidad es igual a la inflación causada. Para el 2019 será del 3,18% que fue el Índice de Precios al Consumidor en 2018.
De acuerdo con la Ley 432 de 1998 el dinero de los afiliados al FNA tiene una protección contra la pérdida del valor adquisitivo de la moneda.
¿Se pueden afiliar libremente trabajadores privados o públicos a ambos sistemas de ahorro?
Sí. Usted tiene la libertad de solicitar a su empleador su afiliación y consignación de sus cesantías en un fondo privado o en el público que es el FNA. Pero debe comunicarlo de manera anticipada al patrono.
Sin embargo, los servidores públicos por ley deberán estar afiliados al Fondo Nacional del Ahorro. Esta entidad reconocerá y abonará como intereses de cesantías a cada servidor público, cada año, un interés equivalente al 60 % de la variación anual del IPC (inflación) sobre las cesantías liquidadas.
¿Cuáles son las ventajas y desventajas entre ambos fondos?
En el FNA no se cobra cuota de administración, en los privados sí. Asimismo, a la hora de retirar los dineros el FNA no cobra comisión, mientras los privados sí lo hacen tanto por retiros parciales o totales de cesantías.
¿Los privados financian estudios o vivienda?
No. El FNA es la única entidad que otorga créditos y financiación a sus afiliados para vivienda o educación con base en su antigüedad y el monto de los recursos ahorrados. Los fondos privados no tienen esa facultad. En el FNA el afiliado podrá abonar sus cesantías a un crédito.
¿Es cierto que en el FNA es complicado acceder a un préstamo con base en mis cesantías?
En el FNA el afiliado deberá cumplir una serie de requisitos para ser seleccionado como beneficiario de un préstamo de vivienda, o para adelantar estudios universitarios, o de sus hijos con base en su antigüedad.
Las demoras para ser escogido oscilan entre uno y dos años. Ante esa situación, el Ministerio de Vivienda alista una reforma del FNA para agilizar esas solicitudes y los desembolsos de los créditos.
Además, si usted desea trasladarse del FNA al fondo privado deben pasar tres años, según el abogado Alexander Coral de Actualicese. com
¿Cómo retirarlas?
Las cesantías podrán retirarse en cualquier tiempo. Si es para comprar o remodelar vivienda, deberá anexarse el contrato de compra-venta o contrato de obras registrado. Las oficinas regionales del Mintrabajo expiden el permiso.
Si es para estudios, el trabajador deberá acompañar la solicitud con el recibo de matrícula y su valor. Igual si es para estudios de los hijos. No se pueden retirar para viajes, vacaciones, compra de electrodomésticos o muebles.
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