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POLICIA NACIONAL

Hasta 60 años de cárcel pagaría quien asesine a un Policía

La iniciativa aumenta las sanciones contra quien agreda a la Fuerza Pública y atente contra el transporte público.

18 de noviembre de 2021 Por: Redacción de El País
Cuando se trate de un homicidio “tendrá la mayor sanción posible del Código Penal", indicó el ministro Daniel Palacios. | Foto: Colprensa

Con mensaje de urgencia, el Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República el proyecto de ley que busca fortalecer la seguridad ciudadana, endureciendo penas y buscando frenar la reincidencia de los delincuentes.

“La intención del Gobierno, en conjunto con el Congreso, alcaldes y gobernadores, es trabajar en un texto que permita fortalecer las sanciones en materia penal para el hurto, las lesiones personales, el daño en bien ajeno, el homicidio y la restricción para el porte de armas traumáticas”, explicó el ministro del Interior Daniel Palacios.

¿Qué dice el proyecto de ley?

Frente a los delitos en contra de la Fuerza Pública, el Ministro del Interior afirmó que cuando se trate de un homicidio “tendrá la mayor sanción posible del Código Penal, llegando a los 60 años de cárcel si lo comete un hombre y 58 si lo comete una mujer”.

El funcionario también explicó que si una persona le provoca lesiones personales a otra, este delito ya no será excarcelable y el agresor deberá pagar una condena entre “4 y 17 años de prisión”.

El proyecto también incluye un aumento de penas al daño al bien ajeno público, lo que se considera como una respuesta a lo ocurrido durante el Paro Nacional. En este caso se incluye en los agravantes que se afecte “infraestructura destinada a la seguridad ciudadana, al sistema de transporte público masivo, instalaciones militares o de Policía”.

Para estos casos no solo se considera agravante, sino que entra a fijar una pena que va entre los 4 y 12 años de prisión.

Además, hay un artículo que establece agravantes a la perturbación del transporte público. Allí se lee que habrá una mayor pena si se “emplean mascaras o elementos similares que sirvan para ocultar la identidad o la dificulten”, si se vale del cargo de servidor público para cometer el delito, se usan armas convencionales o si se usan “niños, niñas o adolescentes”.

Con el fin de enfrentar la impunidad y la reincidencia, según Palacios, la iniciativa plantea “la sanción de reincidencia para quienes hayan sido condenados a delitos agravados en los últimos cinco años, o para quien haya incurrido en ese delito con el porte o uso de un arma blanca”.

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Igualmente se elevan las penas en contra del hurto. En este caso se baja la cuantía para que este delito sea castigado con penas en prisión. Mientras que actualmente se castiga con un año o dos en la cárcel cuando el objeto robado no supera los 10 salarios mínimos legales, la iniciativa del Gobierno busca que ese monto sea tan solo de cuatro salarios mínimos y aún así se aumente la pena a tres o cuatro años de prisión. Además, si el monto robado supera los cuatro salarios mínimos, la condena pasaría a ser de cuatro a nueve años de prisión.

Frente a este tema también se establece que el porte de arma blanca, que no sea para un fin lícito, deberá ser castigado con penas entre los dos y tres años de prisión. Además, se incluye un agravante en la fabricación, tráfico o porte de armas cuando esta es menos letal pero se modifiquen sus características para “que aumente su letalidad”.

Otra de las modificaciones que trae el texto es una adición a la concepción de la legítima defensa y la proporcionalidad. El proyecto contempla que el tema de lo proporcional, se “exceptúe” cuando se presuma que haya legítima defensa para “el extraño que indebidamente intente penetrar o haya penetrado a su habitación o dependencias inmediatas, propiedad comercial cerrada al público o vehículo ocupado”.

Para que se convierta en una realidad, el proyecto deberá superar con éxito sus cuatro debates entre Senado y Cámara de Representantes.

El proyecto también entra a regular las armas menos letales. Se establece un permiso para su porte y se otorgan facultades a las autoridades para su
posible incautación y decomiso.

¿Qué opinan los expertos?

Una de las mayores críticas que se le hace al proyecto de ley es que busca volver muchos delitos que hoy son excarcelables en no excarcelables, pero en los centros penitenciarios del país no hay espacio para un recluso más.

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“El hacinamiento se combate logrando que a la cárcel vaya quien efectivamente necesite una condena intramural, no todos los procesados o infractores tienen que estar en una prisión. Uno de los artículos del proyecto de ley pretende sancionar el vandalismo, sin embargo, no estoy seguro de que la justicia colombiana tenga la capacidad para investigar y juzgar un delito de esta naturaleza. De hecho, el 90 % de los delitos no se investigan ni se sancionan. Esa es la gran falla del sistema que hoy puede incidir en la alta criminalidad en el país”, afirmó Andrés Felipe Galindo, analista sobre temas de seguridad.

Al preguntarle a Galindo si considera que convertir los delitos excarcelables en no excarcelables serviría para intimidar a los delincuentes, respondió que lo importante es que el sistema judicial en Colombia tenga ‘dientes’ para aplicar justicia de forma efectiva.

“Aquí efectividad es que mejoren los indicadores de investigación y sanción, que quien cometa un delito sea investigado y procesado. En pocas palabras, que no haya impunidad. Así que si se van a reducir los delitos excarcelables lo importante es que exista investigación y condena. De lo contrario, no dejará esto de ser más que una declaración de intenciones sin efectos prácticos. La seguridad ciudadana requiere más tecnologías, talento humano, inteligencia y capacidades logísticas más amplias que modificaciones al código penal”.

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