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No solo es el IVA: estas son las otras grandes apuestas de la reforma tributaria

Además de poner IVA a más productos de la canasta familiar, el proyecto crea incentivos a las megainversiones, genera nuevas exenciones, crea el impuesto unificado, entre otras novedades.

5 de noviembre de 2018 Por: Redacción de El País
Además de poner IVA a más productos de la canasta familiar, el proyecto crea incentivos a las megainversiones, genera nuevas exenciones, crea el impuesto unificado, entre otras novedades. | Foto: Redacción de El País

El Gobierno Nacional ha enfatizado que la Ley de Financiamiento tiene dos grandes objetivos: por un lado, buscar los $14 billones del presupuesto que hacen falta para el 2019 y, por otra parte, “corregir temas estructurales del sistema fiscal en Colombia” para promover la creación de empresas y la inversión en el país.

Hasta ahora la mayor discusión se ha concentrado en el incremento del IVA a más productos de la canasta familiar y la unificación de la tarifa en 18 % para el 2019.

Pero más allá de esto, dice Juan David Velasco, socio de la firma Posse Herrera Ruiz, la Ley de Financiamiento tiene varias cosas positivas para las empresas y para la generación de inversión. “Plantea una disminución progresiva de la carga tributaria a las compañías, elimina de forma progresiva la renta presuntiva, genera un incentivo para la adquisición de bienes de capital, amplia el descuento de IVA para todos los sectores económicos”.

Según este analista, con la Ley de Financiamiento se envía un mensaje a los inversionistas para que se queden en Colombia. “Se crea un régimen de compañías holding con una tributación de renta preferencial que invita a las multinacionales a ubicarse en el país y desde acá administrar sus negocios”, señala el académico.

El País presenta algunos de los puntos del proyecto que tocan a empresas y a los colombianos y que aún no se han discutido ampliamente.

Lea también: '4 % de los pensionados podría pagar renta: Viceministro de Hacienda'.

Promueve megainversiones

Además de la paulatina reducción en el impuesto de renta para las empresas del 32 % al 30 %, la Ley de Financiamiento incluye incentivos a las megainversiones.

Según el análisis de la firma Posse Herrera Ruiz, estas inversiones tendrían una tarifa del impuesto sobre la renta del 27 %, y otros beneficios tributarios. Adicionalmente, podrían suscribir contratos de estabilidad tributaria con el Estado, para asegurar dicho régimen por 20 años.

Se beneficiarían quienes inviertan $1,65 billones o más, en cualquier sector de la economía (con algunas excepciones) y generen por lo menos 50 empleos directos podrían beneficiarse de esta tarifa reducida.
Adicionalmente, tendrían otros incentivos como depreciar sus activos fijos en un periodo mínimo de dos años; no estarían sujetos al sistema de renta presuntiva y no causarían el impuesto a los dividendos. 

Asimismo, la Ley de Financiamiento busca crear incentivos para que multinacionales establezcan sus matrices o compañías holding de inversiones internacionales en Colombia.

Para ello, los ingresos por venta de acciones o dividendos de las compañías holding estarían exentos del impuesto sobre la renta y complementarios en Colombia y no estarían sujetos a impuesto de industria y comercio.

Se crea, de nuevo, el impuesto a la riqueza enfocado en las personas que tienen patrimonios altos. Pagarían quienes tengan un patrimonio superior a $3.000 millones.

Más exenciones para empresas

Las empresas de economía naranja y las que se dediquen al desarrollo del campo estarían exentas del impuesto de renta por 5 y 10 años, respectivamente. Estas deben tener domicilio principal en territorio colombiano; constituirse e iniciar actividades antes del 31 de diciembre de 2021; tener ingresos brutos anuales inferiores a $2.652 millones y vincular laboralmente como mínimo a 10 personas (distintos a los administradores). El proyecto lo deben avalar los ministerios de Cultura y Agricultura, según el caso.

La renta exenta por venta de energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, entre otras, realizada únicamente por parte de empresas generadoras, por un término de 15 años, a partir del año 2017, se mantiene, al igual que aquellas reconocidas por convenios internacionales, y la renta exenta por la utilidad en la primera enajenación de Vivienda de Interés Social también se conserva.

Asimismo, la Ley de Financiamiento establece una tarifa del 9 % para el impuesto sobre la renta para los hoteles que se construyan dentro de los 10 años siguientes a la entrada en vigencia de la Ley, por un término de 20 años.  Esa tarifa también aplicaría por 10 años para los hoteles que hagan una remodelación o ampliación superior al 50 % del valor de adquisición del inmueble. Estos proyectos deben ser avalados por la Curaduría Urbana o Alcaldía respectiva.

Lea aquí: 'Saque cuentas, así lo puede afectar la reforma tributaria'.

$110
billones recaudó la Dian, entre enero y septiembre del 2018, por concepto de los impuestos que pagan empresas y los colombianos.

100 % de deducciones

La Ley de Financiamiento propone que las empresas puedan hacer el 100% de las deducciones de renta de los impuestos, tasas y contribuciones que paguen (con algunas excepciones) y que tengan relación de causalidad con la actividad productora de renta (antes existía una lista de impuestos deducibles). Asimismo, las empresas podrán tomar como descuento contra el impuesto de renta el 50% del ICA y el 50 % del 4X1000.

Mientras que las personas naturales no puede hacer este tipo de deducciones en su declaración de renta.

El proyecto cambia el sistema cedular para el pago del impuesto de renta de los colombianos: unifica rentas de trabajo, pensiones y no laborales en una cédula general y la otra de ingresos por dividendos. La tarifa sería de  0% y 37%. Esta última para los de mayores ingresos.

Se crea el impuesto unificado

El proyecto propone el Impuesto Unificado, un sistema que busca sustituir el impuesto de renta y complementarios, el impuesto al consumo, el impuesto de industria y comercio y su complementarios, para los contribuyentes que voluntariamente se acojan a este régimen.

Podrían hacerlo las personas naturales y jurídicas que tengan estas condiciones: Haber obtenido en el año gravable anterior ingresos brutos iguales o superiores a $46.418.400 e inferiores a $2.652 millones.

Deben estar inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) y contar con los mecanismos electrónicos de firma y factura electrónica. La tarifa del Impuesto Unificado (Simple) dependería de los ingresos brutos anuales y de la actividad empresarial, oscilando entre  2,6 % y 13,6 % sobre los ingresos brutos. Estas personas o empresas serían responsables de IVA o del impuesto al consumo.

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