PENSIONES
Ante riesgos, Colpensiones manejará parte de los afiliados de los fondos privados
La medida, tomada en medio de crisis por Covid-19, busca evitar que los afiliados pierdan capital en fondos privados.
El Gobierno Nacional publicó el Decreto 558 de 2020, en medio de la emergencia económica por el coronavirus, para permitir que las pensiones de cerca de 20.000 afiliados a fondos privados sean manejadas ahora por Colpensiones.
Esto, para el caso de los pensionados que reciben una mensualidad de un salario mínimo bajo la modalidad de retiro programado en los fondos Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.
Esa modalidad está sujeta a la volatilidad de la economía, y se puede ver en riesgo en medio de la crisis actual por el Covid-19.
Según el Artículo 6 del Decreto, el fondo público Colpensiones recibirá el capital que estos afiliados tienen en los fondos privados y administrará su pago, dando una garantía y evitando el riesgo de descapitalización.
"Con el fin garantizar el aseguramiento financiero exacerbado por el coronavirus y proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado de una posible descapitalización, los fondos privados deberán acceder al mecanismo de pago que trata este Decreto", afirma el artículo.
Juan Miguel Villa, director de Colpensiones, ha explicado que el único objetivo de la disposición es proteger a los pensionados, para evitar que por la volatilidad en que está nuestra economía, sus pensiones puedan resultar afectadas, y ha asegurado que esto no implicará un gasto para la entidad a su cargo.
“Colpensiones calculará cuánto cuesta pagar estas pensiones y, en caso de generarse una diferencia, ese costo será asumido por los fondos privados, así como los costos de administración”, dijo.
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Sin embargo, algunos analistas no ven tan inocua la medida, pues en su opinión, con esta medida el Estado está asumiendo un riesgo que le correspondía asumir a los particulares, desconociendo las reglas de juego que existían desde que el sistema fue creado.
"Esto nos demuestra la debilidad financiera y social de los fondos de pensiones. Esto tiene que enseñarle a los colombianos a pensar muy bien qué decisiones tomar frente a sus pensiones. En situaciones de caída de bolsas o de rendimientos financieros, quienes pierden son los afiliados, no los fondos", afirmó Isidro Hernández, docente e investigador de la Universidad Externado de Colombia.
Según Hernández, la razón por la que Colpensiones entra a intervenir es porque las pensiones de los afiliados a los fondos de pensiones han quedado en riesgo debido a que dichos fondos no están generando los rendimientos financieros necesarios para su operación. Por ese motivo, el Gobierno Nacional decidió asegurar los recursos pensionales de los ciudadanos.
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La medida, hay que aclarar, cobija solo al 20% de las personas (unas 20.000 aproximadamente) que devengan un monto de pensión equivalente a un salario mínimo legal vigente.
Asofondos, la asociación que agrupa a los fondos privados de pensiones, ha aclarado por su parte, que esto no significará ningún costo para el Estado. Los “recursos transferidos de los fondos a Colpensiones serán suficientes para asegurar una pensión vitalicia de un salario mínimo, e incluso se transferirá una comisión a Colpensiones por ser el nuevo pagador de la mesada”, dijo la organización en un comunicado.
Jorge Restrepo, economista y director del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (Cerac), cree que los efectos van más allá de si el Estado asumirá o no un costo. Asegura que la medida “desincentiva a las personas que ahorran en el sistema individual de pensiones porque de aquí en adelante sus ahorros pensionales pueden ser nacionalizados”.
En eso coincide el abogado constitucionalista Víctor Hugo Vallejo, quien cree que esto puede llevar a una disminución de los afiliados en los fondos de pensiones teniendo en cuenta la libertad que existe de trasladarse de fondo privado a Colpensiones en el momento en que cualquier persona lo estime conveniente.
Restrepo cree que la medida no pasará el examen de la Corte Constitucional. “Es una medida muy probablemente contraria a la Constitución, pero es la Corte Constitucional la institución que debe decidir al respecto. Pienso eso porque afecta la propiedad que tienen las personas sobre su ahorro pensional”, aseguró.
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