ÁLVARO URIBE VÉLEZ
Audiencia de preclusión de proceso contra Uribe fue suspendida, ¿cuándo se retoma?
La jueza reconoció como víctima provisional a la expareja del testigo Monsalve. Tribunal de Bogotá revisará las apelaciones.
La Juez 28 de Conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, suspendió de manera indefinida la audiencia en la que la Fiscalía General de la Nación iba a solicitar la preclusión del proceso penal que se adelanta contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez.
La audiencia solo reiniciaría una vez el Tribunal Superior de Bogotá conozca las apelaciones que hicieron la Fiscalía, la Procuraduría y el abogado Jaime Granados en contra de la decisión de la Juez, quien declaró como víctima provisional en el proceso a Deyanira Gómez, expareja del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, condenado a más de 40 años de prisión y quien es testigo estrella del caso contra el exsenador Uribe Vélez.
De acuerdo con la jueza, Deyanira Gómez fue testigo dentro del proceso adelantado en la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia en contra de Uribe; sin embargo, aclaró que no es por tal calidad que se le reconoce como víctima sino por el nexo que se acreditó entre los hechos investigados en el caso actual y los posibles daños causados a la mujer durante el mismo.
“Ella era quien debía entregar al abogado Diego Cadena la carta de retractación, pero en lugar de ello la entregó ante la Corte Suprema de Justicia, poniendo en evidencia que esta había sido elaborada bajo presión de Diego Cadena y Enrique Pardo, de quienes se indica fueron enviados por el hoy imputado”, precisó la juez Carmen Helena Ortiz.
El despacho recordó que los seguimientos, hostigamientos e intimidaciones que sufrió Gómez hicieron que la Unidad Nacional de Protección (UNP) le tuviera que brindar un esquema de seguridad, pero que finalmente, ante las presiones, tuvo que exiliarse tiempo después.
“Así las cosas, mal podría aseverarse como lo hizo la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio Público y la defensa que al no ser la víctima directa de los punibles que se le atribuyen al imputado, esta carece de posibilidad de ser reconocida provisionalmente como víctima dentro de la presenta actuación, máxime cuando en esta oportunidad se trata de una solicitud de preclusión que eventualmente daría lugar a terminar la investigación”, sostuvo la funcionaria judicial.
La Juez consideró que “no es necesario que Deyanira Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos de fraude procesal y soborno para constituirse como víctima, y bajo tal panorama, es claro que Deyanira Gómez resultaría víctima indirecta de los hechos materiales de investigación”.
De otro lado, la juez Ortiz fue contundente al alejarse de algunos argumentos de la defensa de Gómez y señaló que la afectación económica que dice ella haber padecido por la extinción de dominio contra la finca ‘La Veranera’ y por la pérdida de su trabajo como médico en Coomeva, no tienen nada qué ver con Uribe ni con el proceso en curso.
“El despacho aclara que no se puede animar que la calidad de víctima de Deyanira Gómez se derive de su desvinculación laboral ni del proceso de extinción de dominio que se sigue en contra de Juan Guillermo Monsalve y el inmueble”, manifestó.
Finalmente, la decisión del juzgado fue apelada por la Fiscalía, la defensa de Uribe, la Procuraduría y el abogado Jaime Granados, quien dijo: “Estoy inconforme por su determinación de reconocer a Deyanira Gómez como victima e interpongo recurso de apelación”.
Negativa a Guillén
Por otra parte, la juez Ortiz rechazó las pretensiones del periodista Gonzalo Guillén, quien también estaba solicitando ser acreditado como víctima del proceso contra Uribe.
“No puede señalarse o sostenerse que como las afirmaciones o calificativos que el abogado Jaime Lombana realizó respecto de él quedaron replicadas en la decisión de la Corte Suprema, ello implica que la presunta afectación a su patrimonio moral necesariamente haya derivado de esa actuación procesal", manifestó la funcionaria.
Para el juzgado es claro que las aseveraciones que realizó Lombana están por fuera del escenario en el que, a juicio de Gonzalo Guillén, afectaron su buen nombre.
“Así mismo, el hecho de que aquellas afirmaciones hayan sido materia de diálogo entre Uribe Vélez y Jaime Lombana no tiene ninguna relación causal directa o indirecta frente al supuesto daño que se pretender hacer ver con relación a esta actuación procesal”, puntualizó la Juez.
Cabe mencionar que el exsenador Uribe se encuentra ante los estrados judiciales por cuenta de una investigación que abrió la Corte Suprema de Justicia en su contra en 2018 porque, al parecer, su exabogado Diego Cadena habría buscado testimonios de exparamilitares condenados y recluidos en diferentes cárceles del país, con el fin de que entregaran un concepto desfavorable sobre su supuesto nexo con grupos al margen de la ley.
El caso, que ahora está en manos del Tribunal Superior de Bogotá, tuvo varias etapas tras la renuncia del expresidente Uribe al Congreso de la República; entre ellas, una medida de aseguramiento en su lugar de residencia, un aval para que la indagatoria practicada en la Corte sea tenida en cuenta como imputación de cargos, una tutela para tumbar esa condición, entre otras actuaciones que han dejado un sinsabor entre las víctimas del proceso judicial.
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