Política
Consejo de Ministros: ¿El presidente Petro violó la ley al trasmitir este polémico encuentro en vivo?
La medida del presidente, Gustavo Petro, de televisar las reuniones del gabinete desató un debate sobre si infringe la Ley 63 de 1923 que regula la reserva de estos encuentros.
La reciente transmisión en vivo de un Consejo de Ministros presidido por el presidente, Gustavo Petro, generó en el país un intenso debate sobre la legalidad de esta acción y sus implicaciones para la administración actual.
Lo que en principio parecía ser un acto de transparencia, con el objetivo de exponer el trabajo del gabinete a la ciudadanía, rápidamente se convirtió en un tema de controversia por la legalidad de la decisión.
El primer mandatario justificó la medida al señalar que “el pueblo tiene el derecho a saber qué hace su Gobierno y cómo es su Gobierno directamente y sin intermediarios desinformadores”, pero la transmisión provocó una serie de debates sobre si esta acción infringió normas establecidas por la Ley 63 de 1923, que regula la naturaleza confidencial de los consejos de ministros.
La normativa, aún vigente en el ordenamiento jurídico colombiano, establece en su artículo 9 que “las sesiones del Consejo de Ministros como cuerpo consultivo son absolutamente reservadas”, y prohíbe revelar cualquier información relacionada con los asuntos tratados, así como la identidad de los ministros encargados de estudiar cada tema.
Este marco legal ha sido fundamental en la protección de la confidencialidad y la privacidad dentro del gobierno, permitiendo que los ministros discutan asuntos sensibles sin que estos se vean expuestos al juicio público inmediato.
La transmisión de la reunión por parte de la Presidencia, entonces, abrió la puerta a la interpretación de que se podría haber vulnerado esta legislación.
El análisis a la posible infracción de la norma
Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, fue consultado sobre la legalidad de la decisión y señaló a Colprensa que, aunque la ley establece que los Consejos de Ministros deben ser reservados, la legislación debe ser interpretada a la luz de los nuevos tiempos y las tecnologías.
En sus palabras, “la realidad es que es una legislación de otra época, que tiene que interpretarse acorde a las nuevas tecnologías, a las nuevas realidades”.
Según Bernate, la transmisión no necesariamente implica una violación de la ley, ya que el encuentro podría considerarse una reunión del gabinete y no un Consejo de Ministros formal, como lo estipula la norma.
Sin embargo, advirtió que esta situación podría generar debates jurídicos y posibles cuestionamientos a nivel institucional.
Por otro lado, el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, fue tajante en su opinión al recordar que la Ley 63 de 1923 no ha sido modificada ni derogada.
Hernández subrayó que la naturaleza confidencial de los consejos de ministros responde a la necesidad de coordinar políticas y decisiones de manera coherente y sin interferencias externas.
“Los consejos de ministros deben ser reservados porque se trata de coordinar, dialogar internamente y fijar políticas y decisiones unificadas”, explicó, añadiendo que los enfrentamientos públicos, como los observados en la transmisión del 4 de febrero, pueden socavar la función y el beneficio del interés público.
Ante la polémica suscitada por la transmisión del Consejo de Ministros, algunos sectores políticos, como el congresista Juan Fernando Espinal, del partido Centro Democrático, señalaron que el acto podría estar violando la normativa vigente.
Espinal recordó que el artículo 9 de la Ley 63 de 1923 establece la reserva absoluta sobre las sesiones del consejo, y afirmó que el presidente Petro había incumplido esta disposición.
Por otro lado, el representante a la Cámara José Jaime Uscátegui, del Centro Democrático, anunció que presentará una denuncia contra el jefe de Estado ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes por el presunto delito de revelación de secreto, argumentando que la transmisión en vivo del Consejo de Ministros vulneró la reserva legal establecida en la Ley 63 de 1923.
Según Uscátegui, la divulgación de información sensible, especialmente en temas de seguridad nacional, constituye una falta grave que no solo evidencia desorden dentro del Gobierno, sino que también podría configurar una infracción penal.
A pesar del debate legal y de las acciones anunciadas por la oposición, el primer mandatario confirmó que los consejos de ministros continuarán y seguirán siendo transmitidos por televisión, algunos en cadena nacional y otros a través de la televisión pública.
Según el mandatario, esta medida busca que la ciudadanía conozca directamente las acciones del Gobierno sin intermediarios.
*Con información de Colprensa.
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