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FARC

JEP inicia proceso de incumplimiento contra 'Iván Márquez'

El excombatiente de las Farc no ha asistido al tribunal para ratificar su compromiso con el Acuerdo de Paz.

30 de mayo de 2019 Por: Colprensa
Luciano Marín, conocido como Iván Márquez, líder de las Farc. | Foto: Agencia EFE

La Jurisdicción Especial para la Paz anunció en la mañana de este jueves que se inició el proceso de incidente de incumplimiento a los exjefes de las Farc, Iván Márquez y José Manuel Sierra Sandoval, conocido como ‘Aldinever’, debido a las constantes omisiones a los llamados que ese tribunal les hizo en diferentes oportunidades.

Márquez fue llamado a rendir versión el 14 de marzo de 2019 para ratificar su compromiso con los Acuerdos de Paz de La Habana. Sin embargo, no atendió el llamado, por lo que se reprogramó para el pasado 2 de mayo, pero allí también hubo inasistencia por parte del exjefe guerrillero, cuyo paradero se desconoce.

La decisión fue proferida por la Sala de Reconocimiento, que precisó que el camino que sigue es la recolección de evidencias para conocer las razones por las que los exjefes de las Farc no acataron las citaciones.

“Lo que continúa es el desarrollo de una práctica de pruebas y darle la oportunidad al compareciente para que explique el porqué no ha atendido los llamados de la Jurisdicción Especial de Paz”, explicó el magistrado Óscar Parra.

En su intervención, el togado añadió que también analizarán si en este tiempo tanto 'Márquez' como 'Aldinever' han delinquido por lo que de ser así se establecerían sanciones de tipo procesal de acuerdo a lo estipulado por la propia JEP. El escenario más grave que enfrentarían sería la expulsión del tribunal de paz y la pérdida de beneficios como sucedió con alias El Paisa.

Lea también: 'Santrich cuestiona a Rodrigo Londoño por "estigmatizar" a Iván Márquez'.

En la declaración, el magistrado Parra trajo a colación los trinos que Márquez ha publicado en su cuenta de Twitter en los que ha asegurado que “fue un grave error haber entregado las armas a un Estado tramposo”.

“Estos hechos permiten a la Sala de Reconocimiento de la JEP deducir que la inasistencia no es claramente excusable y que, posiblemente, el mencionado compareciente incumple las condiciones que el sistema jurídico le impone para mantener los beneficios, derechos y garantías tras la firma del Acuerdo de Paz”, expuso Parra.

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