Los conductores deberán estar especialmente atentos a las restricciones del Pico y Placa, que rige en la ciudad para controlar la movilidad y reducir la congestión vehicular. Conocer bien los detalles del reglamento y las excepciones puede ser crucial para evitar multas y sanciones innecesarias.
Cambios y novedades en el segundo semestre de 2024
Cabe recordar que el segundo semestre de 2024, comenzó el 2 de julio y se extenderá hasta el 31 de diciembre. A diferencia del primer semestre, donde la restricción se aplicaba hasta las 8:00 p.m., ahora la medida finaliza a las 7:00 p.m. Este cambio busca facilitar una mejor movilidad durante las horas punta del día.
Wilmer Tabares, secretario de Movilidad de Cali, indicó que “el único cambio en este Pico y Placa es el horario, que será de 6:00 a.m. a 7:00 p.m. Las personas que no tienen restricción serán las mismas: vehículos de más de cinco toneladas de carga; aquellos vehículos que son híbridos y demás contenidos en el decreto. Los invitamos a conocer el documento oficial”.
Restricciones horarias y vehiculares para el 1 de agosto
El Pico y Placa en Cali para el jueves 1 de agosto se aplicará en el horario reducido de 6:00 a.m. a 7:00 p.m., una hora menos que en el semestre pasado. Esta reducción tiene como objetivo ajustar la medida a las necesidades actuales de movilidad de la ciudad. Durante este horario, los vehículos particulares cuyos números de placa terminen en 3 y 4 no podrán circular.
La medida afecta tanto a los vehículos que ingresan al perímetro urbano de Cali desde otras partes del país como a los que salen de la ciudad. La sanción por infringir estas restricciones es de 15 salarios mínimos diarios vigentes (S.M.D.V.), equivalente a 650.000 pesos. Sin embargo, los infractores tienen la opción de reducir esta multa a la mitad al realizar un curso de infractores en los primeros cinco días posteriores a la emisión del comparendo.
Excepciones y alternativas para los conductores
A pesar de las restricciones, existen varios tipos de vehículos que están exentos del Pico y Placa. Entre ellos se incluyen:
- Vehículos oficiales, híbridos y eléctricos: Aquellos que cuentan con un tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico no están sujetos a las restricciones.
- Vehículos de carga pesada: Los vehículos con una capacidad de carga igual o mayor a cinco toneladas también están exentos de la medida.
- Pagos de tasa por congestión o contaminación: Los propietarios de vehículos que han pagado la tasa establecida mediante el Acuerdo Municipal No. 0563 de 2023 o cualquier norma que lo modifique, así como aquellos que utilizan motocicletas, no tienen que cumplir con la restricción.
*Este artículo fue creado con ayuda de una inteligencia artificial que utiliza machine learning para producir texto similar al humano, y curado por un periodista especializado de El País.