Este domingo, 29 de octubre de 2023, los colombianos acudirán a las urnas para las elecciones regionales, donde se decidirá quienes serán los próximos 32 gobernadores, 418 diputados que conformarán las asambleas departamentales, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales y 6.513 ediles que conformarán las Juntas Administradoras Locales (JAL).
Para la jornada electoral, se espera que participen 38 millones de votantes.
En ese sentido, es importante tener en cuenta que una vez el sufragante haya depositado su voto en las urnas, es obligación de los jurados de votación entregar un certificado electoral, que es el documento con el que una persona demuestra que participó en los comicios.
Presentar este documento puede significar algunos beneficios económicos a la hora de hacer algunos pagos. Estos son:
- La Ley 403 de 1997 establece que todo ciudadano que haya ejercido su derecho al voto, podrá solicitar media jornada de descanso compensatorio remunerado, pues utilizó tiempo de su descanso para cumplir su deber como elector. Este se podrá solicitar dentro del mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador.
- Si además de votar, la persona tuvo que ejercer como jurado de votación, su derecho será a día y medio de descanso.
- De igual manera, los hombres que deben prestar el servicio militar obligatorio tendrán una rebaja de tiempo de un mes para soldados bachilleres o auxiliares de Policía bachilleres, mientras que los campesinos o soldados regulares se les recortará el tiempo en dos meses.
- A la hora de la compra de la libreta militar, se puede obtener el 10 % de descuento si se presenta este certificado, y el beneficio es por si se requiere por primera vez, o es un duplicado. De igual manera sucede con los duplicados de la cédula de ciudadanía.
- También se podrá obtener un descuento del 10 % en el valor de la matrícula, si el objetivo es estudiar en una Institución de Educación Superior pública.
- El mismo porcentaje del descuento anterior se aplicará para aquellas personas que expidan su pasaporte, contando con una vigencia de cuatro años, a partir del día de las elecciones.
- Adicionalmente, si un ciudadano que votó, se postula para un empleo de carrera con el Estado, y tiene un puntaje igual al de alguien que injustificadamente no votó, tendrá derecho a ser preferido en el proceso de selección.
- El mismo beneficio se aplicará si se está en proceso de exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior, adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado.
¿Qué hacer si se pierde el certificado electoral?
La Registraduría Nacional del Estado Civil resaltó que aquellas personas que pierdan el certificado electoral, tendrán que enviar una carta en la que deben pedir a la Delegación Departamental de la Registraduría la copia de este documento, indicando el sitio y mesa de votación donde se ejerció el derecho al voto.
Si el usuario no se acuerda del número de mesa en la que votó, podrá entrar en la página web de la Registraduría y consultar con el número de la cédula esta información, con la que la Delegación podrá proceder con la copia del certificado.