Este viernes 7 de julio, El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) inició de manera formal el Programa de Reunificación Familiar (FRP, por su sigla en inglés) para nacionales de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras.
Después de la finalización del llamado ‘Título 42’ esta iniciativa fue anunciada el mes de abril de este año, pues busca promover la unidad familiar y reducir la migración irregular hacia Estados Unidos.
El secretario para la Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, pronunció las siguientes palabras en su anuncio: “Estos nuevos procesos promueven la unidad familiar y brindan vías legales consistentes con nuestras leyes y nuestros valores. El Departamento ha demostrado que la expansión de vías seguras, ordenadas y legales, combinada con una fuerte aplicación de la ley, es efectiva para reducir la migración irregular y peligrosa a los Estados Unidos”.
Esta iniciativa le permitirá a las personas reencontrarse con sus familias en el suelo estadounidense. Vale la pena mencionar que cada persona que desee acceder deberá ser analizado por las autoridades, quienes se encargarán de darle la licencia para ser residentes.
A este beneficio solo podrán aplicar colombianos y demás personas de otros países (Guatemala, Honduras, El Salvador, Cuba, Haití) que sus familiares sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, y que hayan recibido la autorización para poder reunirse con su familia.
Vale la pena mencionar que los ciudadanos que apliquen deberán encontrarse fuera de Estados Unidos, cumplir con los requisitos médicos y de evaluación, y no haber recibido una visa de inmigrante. En el caso que sean elegidos, tendrán un permiso de libertad condicionada para permanecer en territorio estadounidense hasta por tres años, al mismo tiempo que avanza su proceso para convertirse en residentes permanentes legales.
Las aprobaciones serán puestas bajo estudio individualmente y concederán un permiso temporal, siempre y cuando la persona pueda justificar razones humanitarias urgentes, un beneficio común o un vínculo familiar fuerte.
De hecho, los colombianos que tengan la tarjeta de residencia permanente de Estados Unidos (Green Card) podrán solicitar un “parole”, es decir, un permiso de permanencia temporal para algunos miembros de su familia. El salvoconducto, como también se le denomina al “parole”, aplicaría para los hermanos o hijos mayores de 21 años de los colombianos que residan en Estados Unidos. También beneficiará a las familias de estos últimos: esposa e hijos menores de 21 años, siempre y cuando no estén casados.
¿Cómo aplicar?
Es clave que la persona tenga en cuenta que los candidatos elegibles deben ser hijos, hermanos o cónyuges de los ciudadanos o residentes permanentes en los Estados Unidos, nacionales de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras.
De acuerdo con el DHS, para iniciar el proceso el colombiano debe contar con un Formulario I-130, conocido como ‘Petición para Familiar Extranjero’, y a través del cual se solicita que un pariente pueda ir o permanecer de manera permanente en los Estados Unidos.
“Los procesos comienzan cuando el Departamento de Estado emite una invitación al ciudadano estadounidense o familiar residente permanente legal solicitante, cuyo Formulario I-130 está a nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño”, afirmó el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos.
La agencia gubernamental indicó que, de esa forma, “el peticionario invitado puede entonces iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del beneficiario y los miembros de la familia elegibles para ser considerado para autorización de viaje anticipada o parole”.
Cabe mencionar que el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos precisó que cada caso de reunificación familiar se estudiará de manera individual y de manera discreta, pues todos los procesos son diferentes de acuerdo a cada persona.