Como si no fuera suficiente con la confusión que hay sobre la armonía que debe existir entre las tres ramas del poder público en Colombia, ahora un tribunal se arroga el papel de derogar el decreto con el cual se nombró un ministro de Defensa porque, al configurar el gabinete ministerial, el Presidente de la República no cumplió con el treinta por ciento de mujeres que ordena la ley 581 de 2000 o Ley de cuotas. Es el bizantinismo que no conduce a buen puerto y crea confusiones nocivas para el manejo del Estado.

El Tribunal Superior de Cundinamarca fue el autor de la sentencia que anula la designación del actual Ministro de Defensa, dándole la razón a la demanda interpuesta hace un año. En la práctica, lo que ocurrió fue que los magistrados que así fallaron se entrometieron en la facultad del presidente como Jefe del Estado y cabeza del poder Ejecutivo para designar a sus más cercanos colaboradores.

La razón de esa sentencia es que, al hacer el nombramiento individual del doctor Diego Molano para desempeñar esa cartera, el Primer Mandatario desconoció la ley de cuotas que ordena entregar por lo menos seis de los dieciocho ministerios a mujeres. En otros términos, el Tribunal asume que no podía nombrar a un hombre en ese ministerio, lo que sin duda es una flagrante violación a la facultad de libre nombramiento y remoción que la Constitución le otorga a quien gobierna el país por mandato de los ciudadanos.

Peor aún, la sentencia conocida hace pocos días perdió su sentido puesto que en la actualidad ese porcentaje de mujeres en el gabinete ministerial está superado: hoy, y desde hace varios meses, siete de los ministerios son ocupados por mujeres, lo que subsana el error que se pudo haber cometido en el momento en que fue nombrado el doctor Molano. ¿Era necesario entonces continuar con un proceso que perdió su substancia al subsanarse la anomalía mediante el cambio del gabinete ministerial?

Ahora se espera que como consecuencia obvia el gobierno apele la sentencia aludida, lo cual prolongará el proceso judicial al llegar al Consejo de Estado, demandando más esfuerzos, más tiempo, más polémica y más recursos. Y a sabiendas de que el fallo definitivo puede producirse después de terminado el actual gobierno, o que el actual ministro puede renunciar en cualquier momento, lo cual acabará de completar la inutilidad de la decisión tomada por el Tribunal de Cundinamarca.

Y no se trata de desconocer la importancia de una ley que hace un gran aporte a la política colombiana al ordenar que se entregue por lo menos el 30 por ciento del gobierno a las mujeres, lo que fortalece la democracia al promover la igualdad frente a las leyes. Lo que sucede es que el fallo tiene un innegable sabor de populismo jurídico que crea confusión sobre los límites que deben respetar los jueces con respecto a los demás poderes públicos.

Ese es el llamado santanderismo, la manera de identificar el uso de las leyes y de las sentencias para rendir culto a las formas, lo que dificulta la actividad del Estado para ofrecer soluciones a todos los colombianos.