Este 29 de octubre cuando se lleven a cabo las elecciones territoriales, en Colombia se elegirán 12.072 concejales quienes serán los encargados legislar, fiscalizar y controlar la gestión de cada uno de los alcaldes de sus correspondientes municipios.

Como ya es conocido, los cabildantes son elegidos por voto popular y su periodo de administración es de cuatro años, tiempo durante el cual estarán encargados de aprobar las leyes y acuerdos municipales a través de los cuales se basará la organización del municipio desde la prestación de servicios públicos hasta su desarrollo económico.

Los concejales tienen el deber de vigilar que se cumplan los proyectos en las ciudades donde ejercen. | Foto: Tomada de la página web de la Alcaldía de Cali.

Así las cosas, el papel que juega el Concejo en cada municipio del país es de vital importancia por cuanto es el ente encargado de llevar un control para que las leyes y recursos se cumplan y se destinen para el bienestar y progreso de cada comunidad.

Funciones de un concejal

Pese a que en términos generales ya se ha dicho cuál es la función que desempeña un concejal, estas son algunas específicas que debe ejecutar:

  • Representar: Un concejal es el vocero de los ciudadanos en la toma de decisiones del Gobierno Local.
  • Legislar: Participa en la formulación, discusión y aprobación de las leyes y ordenanzas municipales que regulan aspectos específicos del municipio.
  • Participación ciudadana: Promueve y facilitan la participación activa de la comunidad en la toma de decisiones locales.
  • Gestionar proyectos: Colabora en la identificación y ejecución de proyectos y programas que beneficien a la comunidad.
  • Fiscalizay y hacer seguimiento: Un concejal está en el deber de hacer seguimiento a las políticas públicas implementadas por el Municipio, evaluando su impacto y haciendo ajustes si es necesario.
Concejales se encargan de aprobar leyes. | Foto: Semana

¿Cuánto se gana un concejal?

A diferencia de los alcaldes y gobernadores, los concejales no devengan un salario mensual fijo. De acuerdo con la Ley 2075 de 2021 la la tabla con la que se liquidan los honorarios de los cabildantes cambió para los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría, para que en ningún caso reciban menos de un salario mínimo mensual.

Los municipios están clasificados de mayor a menor población en siete categorías que permiten ubicar a los municipios en la categoría especial y en las categorías primera a la sexta.

Así las cosas, el sueldo por sesión de un concejal es:

Especial: $ 516.604

Primera: $ 437.723

Segunda: $ 316.394

Tercera: $ 253.797

Cuarta: $ 212.312

Quinta: $ 212.312

Sexta: $ 212.312

Concejo

Estas cifras se incrementarán cada año en porcentaje equivalente a la variación del IPC del año inmediatamente anterior.

En los municipios de categoría especial, primera y segunda se pagarán anualmente 150 sesiones ordinarias y hasta 40 extraordinarias al año.

En los de categorías tercera a sexta se pagarán anualmente 70 sesiones ordinarias y hasta 20 sesiones extraordinarias al año.

Los concejales tienen derecho a cotizar pensión, salud, ARL y caja de compensación familiar, con cargo al presupuesto de la Administración Municipal, sin que esto implique vínculo laboral con la entidad territorial.

El pago del salario se recibirá en el lapso de los cinco primeros días del mes siguiente en que fueron causados los honorarios.