Si bien es cierto, Datacrédito es una portal de riesgos que se encarga de recoger información sobre el comportamiento de pago de las obligaciones de las personas que adquirieron productos con bancos, entidades bancarias, instituciones financieras, cooperativas de ahorro y crédito, entre otras organizaciones.
En tanto, quien haya adquirido dichos imperativos debe ser responsable con el pago de los mismos, pues en caso de que no se lleve a cabo, repercutirá gravemente en el historial financiero, lo que, a su vez, puede conllevarlo a ser reportado en mora.
De acuerdo con El Tiempo, para entender lo que sucede cuando una deuda deja de ser saldada durante varios años, es necesario conocer qué significa la prescripción de una deuda, pues bien, esta varía según el tipo y el plazo legal para que el acreedor (quien presta el dinero) pueda tomar acciones legales para recuperar el dinero.
A propósito, el portal del Banco Finandina, explica que “en Colombia, la prescripción de una deuda está entre los tres y cinco años. Depende por completo del tipo de acción que se deba llevar a cabo para hacerla efectiva por vía judicial”.
Así las cosas, en cuanto a las prescripciones a tres años, este plazo se aplica a deudas respaldadas por títulos valores, como letras de cambio y pagarés, así como a deudas laborales como salarios no pagados. Ante ello, vale resaltar que existen fórmulas legales para evitar que estas deudas prescriban.
De otro lado, las deudas relacionadas con contratos de arrendamiento, promesas de compraventa, conciliaciones y otras obligaciones similares prescriben en un período de cinco años. Este plazo también se aplica a las deudas fiscales, incluyendo aquellas relacionadas con impuestos.
Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior, si la deuda ya cumple con más de cinco años, el interesado puede solicitar la prescripción. Pero, aun así, esta seguirá figurando en el historial crediticio, afectando negativamente.
Después de que una deuda haya prescrito, el acreedor aún puede intentar recuperarla mediante un proceso judicial. No obstante, el deudor tiene la capacidad de alegar la prescripción como un recurso legal a su favor.