El Ministerio del Trabajo recordó a empleadores y particulares que contratan a trabajadores domésticos para que realicen de manera oportuna el pago de la prima de servicios de mita de año, a más tardar el 30 de junio.
El Código Sustantivo del Trabajo dispone que todas las empresas deberán pagarle a sus empleados la retribución por los beneficios económicos y sociales conocida como ‘la prima’.
Según la ley, “el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios, que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.
Prima de trabajo
Esta liquidación es una prestación social que corresponde a 30 días de salario laborado por año, el cual debe reconocerse en dos desembolsos. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado (diario, semanal, quincenal o de tiempo completo). Esto significa que el empleado recibirá 15 días de salario dos veces al año.
Entre este tipo de empleados, se encuentran quienes prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, jardineros, cuidadores de fincas, conductores de servicio familiar, niñeras y mayordomos.
Así quedó establecido en la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, con la que se buscó garantizar el acceso en condiciones de universalidad al derecho prestacional de pago de prima de servicios para los trabajadores domésticos como un derecho al que tienen todos los empleados en Colombia.
- La fórmula para calcular la prima de servicios es: El salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas.
Cuando se obtenga el salario mensual base, esta cifra tendrá que ser multiplicada por el total de los días trabajados y, por último, dividir entre 360, equivalentes al total de días del calendario laboral. Una vez realizado todo esto, obtendrá el valor a pagar por concepto de prima.
Por otro lado, para saber cuánto tendrá que recibir un empleado doméstico que labora entre 1 y 21 días en el mes, una vez más debe calcularse primero el salario mensual base.
En este caso, este será resultado de sumar el salario diario, el auxilio de transporte diario (en caso de recibirlo) y el promedio diario de los otros ingresos salariales. Este resultado se multiplicará por los días trabajados en el semestre y, por último, se dividirá por los meses transcurridos en el semestre.
La ecuación es la siguiente:
Salario mensual base = ((Salario diario + auxilio de transporte diario + promedio diario otros ingresos) x días trabajados) / meses transcurridos en el semestre
Así las cosas, si desea ahorrarse el dispendioso proceso de calcular la prima de servicios que debe recibir si es empleada doméstica, o en caso contrario, tiene a alguien contratado para esta labor, puede calcularlo directamente a través de una herramienta puesta a disposición por Symplifica.
Datos
Entre enero y septiembre de 2023 se registró que cerca de 562 mil personas son trabajadores domésticos. De las cuales, 530 mil son mujeres y lo restante corresponde a hombres, de acuerdo con la Gran Encuesta Integrada de Hogares del DANE.