La cédula digital es un documento que permite la identificación de las personas utilizando biometría facial y biometría dactilar. El documento cuenta con dos versiones: una física de seguridad hecha en policarbonato resistente; y otra digital que permite la verificación automática de las personas en algunos dispositivos. Este documento será visible a través de la aplicación ‘CEDULA DIGITAL COLOMBIA’ y está disponible en todas las tiendas de aplicaciones.
Según la Registraduría “La cédula de ciudadanía en su versión digital equivale funcionalmente a la cédula de ciudadanía en su versión física, con la cual, los colombianos en forma paulatina podrán identificarse plenamente en escenarios digitales no presenciales y presenciales y contarán con las más altas condiciones para la seguridad de sus datos, garantizando una plena identificación y mitigando el riesgo de suplantación”.
¿En qué casos está exonerado el pago?
Según la Registraduría se hace la exoneración del pago por una sola vez, tanto a colombianos residentes en el país como a quienes viven en el exterior, las “solicitudes atendidas en desarrollo de las jornadas de atención a la población vulnerable que trata la Resolución 2527 de 2022; Trámites realizados por orden judicial; Trámites solicitados por integrantes de las comunidades y/o pueblos indígenas de Colombia; Trámites solicitados por víctimas de catástrofes o desastres naturales”.
Además, quien solicite una cédula debe tener en cuenta que la exoneración aplica para Población Sisbén IV, y todos los subgrupos pertenecientes al grupo A, “La Registraduría Nacional del Estado Civil cuenta con el aplicativo ‘Sisbénweb’, que les permite a las sedes de la entidad a nivel nacional consultar las personas que se encuentran acreditadas en el Sisbén a efectos de validar que ostentan dicha condición y ser objeto de exoneración del pago de duplicado y/o rectificación de documentos de tarjeta de identidad, cédula de ciudadanía y copias o certificaciones de registro civil por una sola vez. Esta base de datos está conformada por información recibida en forma periódica del Departamento Nacional de Planeación”.
Además, están exonerados del pago la población desplazada por la violencia, y quienes están registrados en el Registro Único de Víctimas quienes también son consultados en un aplicativo, ‘Víctimasweb’, en donde se sabe si estas personas son objetos de exoneración de pago.
Por otro lado, existen casos en los que la exoneración es competencia de los delegados departamentales, registradores distritales o cónsules, “por lo tanto, luego de hacer la solicitud de exoneración del trámite recibirá respuesta dentro de los 3 días siguientes indicando la viabilidad de la exoneración”
Se trata de Personal desmovilizado, en proceso de reincorporación y desvinculado; Persona perteneciente a la comunidad LGTBI en condición de vulnerabilidad; Persona con discapacidad en condición de pobreza; Persona habitante de calle; Personas víctimas de catástrofes o desastres naturales; Personas repatriadas que requieran asistencia y ayuda social del Estado; y Personas que se encuentren recluidas en los centros carcelarios y penitenciarios del país y quienes se encuentren en centros especializados para adolescentes privados de la libertad.
También hacen parte de esta categoría quienes pertenecen a las comunidades y pueblos indígenas de Colombia.