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CONSEJO DE ESTADO

Centros Poblados interpondrá demanda para tumbar caducidad en contrato con Mintic

La Unión Temporal aseguró que, de no prosperar la tutela interpuesta ante un juez de Puerto Colombia, interpondrá una demanda ante el Consejo de Estado. También buscarán una indemnización por perjuicios.

26 de agosto de 2021 Por: Colprensa
Luis Fernando Duque (izquierda), representante legal de la Unión Temporal Centros Poblados, y Jorge Pina Ricci, apoderado judicial de la UT. | Foto: Colprensa - Sergio Acero

La Unión Temporal Centros Poblados realizó este jueves en Bogotá una rueda de prensa en la que presentó los avances que realizaron en la ejecución, planeación y ejecución del proyecto Centros Digitales con el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y anunció que interpondrá una demanda ante el Consejo de Estado alegando la violación al debido proceso en la declaración de caducidad del contrato.

Así lo aseguró el abogado Jorge Pino Ricci, apoderado de Centros Poblados, quien dijo que de no prosperar la acción de tutela que la entidad interpuso ante un juez promiscuo de Puerto Colombia, Atlántico, interpondrán una demanda ante la jurisdicción de lo contencioso del Consejo de Estado.

Según Pino Ricci, el contrato con Mintic no podía tener cláusula de caducidad por ser atípico por lo que, según él, el ministerio incurrió en varias inconsistencias al presentar esa nulidad, además dijo que la ministra Karen Abudinen actuó como jueza en el proceso y negó las pruebas que les garantizaban a ellos su derecho al debido proceso.

“El ministerio actuó de forma indebida, de forma apresurada y se equivocó. No decretó las pruebas necesarias para verificar que la garantía bancaria es irregular y en el afán cometió gravísimos errores”, dijo el abogado.

También señaló que el mecanismo de tutela, aunque está seguro que es procedente, es transitorio, por lo cual procede la demanda contra la Nación por los perjuicios causados a las cuatro empresas que hacen parte de la Unión Temporal, ya que por la caducidad deben ceder los contratos que tengan con el Estado.

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En un primer momento se buscará la nulidad del acto administrativo y posteriormente un reconocimiento a las utilidades que debieron recibir los contratistas por la ejecución de este proyecto.

“La Unión Temporal sí está pensando en formular una demanda contenciosa por todos los vicios, especialmente porque el ministerio no tenía competencia para declarar la caducidad, por violación al debido proceso, y otras irregularidades, formular la demanda para que se decrete la nulidad del acto administrativo mediante el cual se dispuso la nulidad del contrato”, explicó el abogado.

No obstante, la demanda iría mucho más allá, pues la Unión Temporal busca una indemnización por perjuicios. “La Unión Temporal tiene el derecho a demandar, a que se le cancelen las utilidades que hubieran recibido por la terminación de los contratos que están en ejecución, pero además no pueden contratar durante los próximos cinco años. La Unión Temporal tiene en este momento contratos por cerca de $8 billones, no pueden demandar por ese monto, pero sí por la utilidad que hubiesen recibido por esos contratos”, explicó el abogado.

En la rueda de prensa, la Unión Temporal reiteró que no procede la devolución del anticipo de los $70 mil millones, porque la entidad giró ese dinero a dos subcontratistas, quienes realizaron la compra de los equipos para llevar a cabo el contrato.

Esto dice la ministra Karen Abudinen

En respuesta a las afirmaciones entregadas por la Unión Temporal Centros Poblados, el Ministerio de las TIC ratificó las razones de su decisión de caducar el contrato.

“¡No sigan engañando al país! La caducidad no se debió al incumplimiento que estaba presentando el contrato en cuanto a la primera meta de Centros Digitales instalados exigidos, sino a la inexistencia de la garantía bancaria”, dijo la ministra Karen Abudinen.

“El 27 de mayo se genera el primer incumplimiento por parte del contratista y el 25 de junio, en audiencia citada al Banco Itaú, la entidad bancaria informa que no expidió esa garantía. El 7 de julio, la entidad bancaria confirma por escrito: ‘(…) el Banco Itaú Corpbanca Colombia S.A., no está legitimado para obrar como Garante dentro del proceso de la referencia, por cuanto las Garantías Bancarias números 2020-1156-01001, 2020-1156-01002 y 2020-1156-01003 no fueron expedidas por el Banco’. El banco adjunta un estudio grafológico que da cuenta de la falsedad de las firmas que aparecen como de Jorge Villa e Ignacio Giraldo”, agregó.

La Ministra manifestó que estaban “en una situación muy grave: el contratista no solo estaba retrasado, sino que descubrimos que presentó documentos presuntamente falsificados, lo cual constituye un delito penal. Ese mismo día, los denuncié ante la Fiscalía, la Procuraduría, la Controlaría y la opinión pública”.

El Ministerio de las TIC confirmó la declaratoria de caducidad y ordenó a Centros Poblados el pago de la cláusula penal pecuniaria que asciende a $39.015.740.594.00.

“En 45 días hemos tomado 20 acciones que realizamos en el Ministerio para poder lograr la caducidad de ese contrato. Y sobre ese tema se conoció que el Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia rechazó la acción de tutela interpuesta por la UT Centros Poblados. Está claro que la estrategia de los contratistas es seguir dilatando las acciones que hemos tomado en este proceso”, aseguró la jefa de la cartera de las TIC.

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